En la nota se pone en relieve la violación de la Ley 5256/14 “que declara como área silvestre protegida de dominio público y privado con la categoría de manejo reserva de recursos manejados al Lago Ypacaraí y el sistema de humedales adyacentes”, específicamente en su artículo sexto, el cual reza que “por el plazo de 10 años, o hasta que el cuerpo de agua quede recuperado queda prohibida toda actividad de cambio de uso de suelo del sistema de humedales”.
El área aproximada afectada por este artículo es de una superficie de 25.000 hectáreas, ocupada por el sistema de humedales del Salado.
“Esta situación llama a todas las autoridades competentes y, ante todo a un poder del Estado estratégico en medio del conflicto como lo es el Poder Judicial”, dice la nota.