29 mar. 2024

Pedido de baja sanción en accidente fatal causa malestar ciudadano

El fallecimiento de un joven, en enero pasado, fue el epicentro de una discusión a nivel de las redes sociales, debido a que quien lo atropelló fue imputado solo por omisión de auxilio.

Grave. Marcaban las 05:25 cuando ocurrió el accidente, La familia del joven sigue clamando justicia.

Grave. Marcaban las 05:25 cuando ocurrió el accidente, La familia del joven sigue clamando justicia.

Luego de un arrollamiento con derivación fatal ocurrido en enero pasado, la Fiscalía pidió el sobreseimiento del autor, en lo referente al homicidio doloso, acusándolo solo de omisión de auxilio, ya que el autor del choque se dio a la fuga.

Si bien el hecho ocurrió hace exactamente nueve meses, saltó el tapete ahora nuevamente, porque el fiscal Óscar Delfino pidió el sobreseimiento definitivo por homicidio doloso a favor del conductor imputado Mauricio Matías Gulino (27), y solo lo acusó por omisión de auxilio.

El hecho data del 17 de enero, cuando Gulino Lird, pasada las 05:00, le chocó a Rubén Fernández, en inmediaciones de la avenida Perú y Valois Rivarola. Lo grave fue que el hombre dio positivo al alcotest, e igualmente se pidió su sobreseimiento.

Posición. El fiscal salió al paso de las criticas tras la indignación de la familia de Nicolás y la ciudadanía, explicando que el informe pericial señala que la responsabilidad del accidente no recae en el conductor, ya que “tras finalizar el peritaje realizado, la velocidad determinada al momento del impacto era de 59,07 km/h. Según dicho informe, el accidente era inevitable para el conductor”, sostuvo.

Señaló que el joven no cruzó en el área peatonal, concluyendo que la responsabilidad recae en el hoy fallecido. Sin embargo, Mauricio Gulino fue sometido a la prueba de alcohol y el resultado fue de 0,04 mg/l.

LEGISLACIÓN. Una cuestión en controversia hoy es lo que establece la ley, ya que el joven que conducía alcoholizado solo se expone a multa, por la sanción administrativa, ya que las pruebas del nivel de alcohol, de 0,01 a 0,20 gramos/litro, se traduce en una multa de G. 540 mil.

“De acuerdo a una Jurisprudencia de la Corte (marzo de 2019), conducir bajo los efectos del alcohol ya no es delito”, detalló el fiscal.

Antes era exposición a peligro en el tránsito terrestre, que a su vez se remitía a una ley especial de tránsito, pero la CSJ determinó que tenía una laguna. “Aon esta posición la Corte excluye la intervención del Ministerio Público por no ser delito”, dijo.

El ministro de la Corte Manuel Ramírez Candia indicó que por la baja graduación alcohólica los casos debían dirimirse en el ámbito administrativo.

En una sentencia del año pasado, el ministro dijo que “al no hallarse en la norma el límite máximo de la falta gravísima el aplicador se encuentra imposibilitado de determinar a partir de cuánto la conducta es punible”, expuso el fiscal. Sin embargo, esto no le exime al conductor que haya sido imprudente.

CRÍTICAS. La familia del fallecido criticó que el fiscal no quiere ver las pruebas, ya que en un video --que circula por las redes-- se ve que el conductor iba alta velocidad.

El papá de Nicolás, Rubén Fernández, dijo a Monumental 1080 AM que hay un testigo que le siguió al conductor y le dijo que si no se entregaba iba a llamar al 911. “Nicolás salió del otro lado, en la esquina, en un lugar iluminado, le tuvo que haber visto”, dijo.

Para este martes está fijada la audiencia preliminar, donde solicitarán al juez de trámite de oposición.

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