Hace cinco años, el Parlamento Nacional paraguayo ratificaba, mediante la Ley 2969, el primer y único tratado mundial de salud pública: el Convenio Marco para el Control del Tabaco (CMCT), de la Organización Mundial de la Salud.
Para recordar esa fecha y el compromiso asumido por el país, cada 6 de julio -desde el año pasado- se celebra en Paraguay el Día Nacional Libre de Humo de Tabaco. Ayer, la organización no gubernamental Libre de Tabaco y el Programa Nacional de Control del Tabaquismo realizaron un acto conmemorativo (ver recuadro) buscando mantener vigente este compromiso.
CONVENIO MUNDIAL. El convenio marco para el Control del Tabaco es el único Tratado Mundial de Salud Pública que existe hasta la fecha. Su texto fue aprobado por la 56.ª Asamblea Mundial de la Salud en mayo del 2003. Es un instrumento jurídico regido por el derecho internacional y obligatorio para los países que lo firman y ratifican.
Fue ratificado por casi todos los 168 países firmantes, incluida la Unión Europea, los principales productores de tabaco como China, Brasil, India, Turquía, casi todos los países de Latinoamérica, y todos los de Mercosur. Entró en vigor el 27 de febrero del 2005 y Paraguay lo ratificó el 6 de julio del 2006.
VIOLACIONES. Pese a haber ratificado el tratado, nuestro país ha tenido retrocesos en su legislación antitabaco, debido a recursos judiciales interpuestos por tabacaleras. El año pasado, el Parlamento aprobó un polémico proyecto de ley de control del tabaco que, a criterio del propio Ministerio de Salud Pública, implicaba un retroceso legal en materia de control de esta sustancia. Finalmente, el Poder Ejecutivo vetó la ley y el Parlamento no tuvo votos suficientes para ratificarse en la misma.
En Paraguay aun está pendiente de cumplimiento el artículo 11 del convenio marco, relativo a las advertencias sanitarias, violado sistemáticamente desde el año 2009. Este artículo señala que todos los productos de tabaco deben tener impresas advertencias sanitarias sobre los efectos del tabaco en la salud. Estas advertencias deben ocupar al menos un 50 % de la superficie frontal de la cajetilla y contener imágenes o pictogramas que también grafiquen los efectos dañinos del tabaco en el organismo.
Tampoco se cumple aún el artículo 13 del CMCT, que prohíbe totalmente todo tipo de publicidad, promoción y patrocinio de productos de tabaco. Este artículo tiene como plazo máximo de implementación el 26 de diciembre de este año y hasta el momento ni siquiera ha sido reglamentado.
SIN HUMO. En tanto que la creación de ambientes 100 % libres de humo de tabaco tampoco se cumple como debiera, ya que no existe reglamentación al respecto y las tabacaleras han interpuesto amparos judiciales contra esta medida.
El Ministerio de Salud Pública anunció que presentará un nuevo proyecto de ley para el control del tabaco.