Por la negligencia de un juez, ahora toda la causa que se sigue a 16 acusados por el caso Zafiro, que permitió el decomiso de unos 3 mil kilos de marihuana, puede ser anulada. Esto, debido a que ayer dos de las defensas de los encausados pidieron la nulidad de todo el proceso y la absolución de todos los presuntos narcos, debido al “olvido” del magistrado de enviar una carpeta fiscal al Tribunal de Sentencia.
Los abogados Miguel Ángel Brítez y María Antonia López de Caballero, por las defensas de Carlos Antonio López y Lelis Álvarez Díaz, presentaron ayer a las 8.50 un escrito donde piden que se declare la nulidad de toda la causa, y la absolución de los encausados.
La solicitud será remitida a los jueces Andrés Casati, Ricardo Medina y Sandra Farías, miembros del Tribunal de Sentencia, quienes deberán resolver la cuestión. El juicio oral se reanudará el próximo lunes, a las 14, donde se estudiará el planteamiento de la defensa de los dos acusados.
Refieren los profesionales que a las 9.30, del jueves, en el juicio oral, la fiscala Gilda Villalba Tottil hizo referencia a constancias de la carpeta fiscal Nº 9, para fundar su postura con respecto a los incidentes planteados por las defensas.
En eso, alegan, los defensores reclamaron la presentación de la mencionada carpeta de investigación, por lo que se recurrió a los archivos. Se encontraron con que cuando se fijaron las fechas para la audiencia preliminar y en la misma diligencia nunca se mencionó la existencia de la citada carpeta fiscal.
Argumentan entonces que nunca tuvieron acceso ni conocimiento de esas evidencias o documentos de los cuales ahora el Ministerio Público pretende hacer valer. Afirman que con ello se generan perjuicios irreparables a sus defendidos, ya que se pretende hacer ingresar evidencias ilegales.
ERROR GRAVE. Conforme señaló el abogado Miguel Ángel Brítez, se labró acta ante la secretaría del Tribunal de Sentencia, donde se constató que sólo había ocho tomos de la carpeta fiscal y no nueve. Luego recurrieron ante la secretaría de juicios orales, donde se constató que sólo se remitieron ocho carpetas fiscales.
Al final, se descubrió que el tomo 9 de la carpeta fiscal quedó en el Juzgado de Garantías a cargo del magistrado Rubén Ayala Brun, pero que los defensores nunca tuvieron acceso a esas evidencias y actuaciones recolectadas por el Ministerio Público.
Con ello, los defensores argumentan que se violó el principio de legalidad y el derecho a la defensa, ya que tienen derecho a que se les exhiban todas las pruebas en contra de los acusados. Indican que corresponde declarar la nulidad de todas las actuaciones hasta la audiencia preliminar, a raíz de este vicio procesal.
No obstante, apuntan que, según el artículo 167 del Código Procesal Penal, “no se podrá retrotraer el procedimiento a períodos ya precluidos”. Ante esto, dicen: “Y, en consecuencia, extinguir la acción declarando la absolución de culpa y pena de nuestros defendidos”.
LOS ACUSADOS. En el caso, están acusados Carlos Antonio López Ibarra, Clementino Acosta, Carlos Roberto Álvarez Gauto, Cristina Esther Bogado, Víctor Roy Báez, César Pastor Martínez.
Además, Hugo Meza Denis, Germán Álvarez Jara, Luis Alberto Cabañas Valdez, Lelis Álvarez Díaz, Rubén Acosta, Reinaldo Acosta, Zunilda Asunción Royg Báez, Arnaldo Andrés Saucedo, Teodoro Trinidad Saiz Silvera y Óscar Daniel Jara. La única que se halla prófuga es Teresa Carolina Estigarribia, que no compareció para el juicio oral.
Todos fueron procesados en el tráfico de drogas, específicamente de marihuana, de Paraguay a Chile, y que habían caído tras una entrega vigilada realizada en el país andino.
El operativo consistió en una entrega vigilada de 3 mil kilos de marihuana prensada, realizada en marzo del 2005. Para la operación se habían infiltrado agentes de la Secretaría Nacional Antidrogas en organizaciones de narcotraficantes. Los acusados, hasta ahora, estuvieron en prisión hace 3 años y 10 meses, según la defensa.
HUBO VARIAS TRABAS
El caso Zafiro ya tuvo bastantes paralizaciones. El juicio oral se inició en abril pasado, pero los tres jueces fueron recusados por la fiscala Gilda Villalba Tottil. Al final, los separaron del caso, luego de que el Tribunal de Apelación en lo Criminal hizo lugar al pedido de la agente. Después, se eligió al nuevo tribunal conformado por los jueces Andrés Casati, Ricardo Medina y Sandra Farías. Antes de iniciarse el juicio, el primero fue sido recusado, pero fue confirmado por sus colegas. Luego, ya en plena audiencia oral, el Tribunal fue recusado nuevamente. Asimismo, los camaristas también fueron recusados. Al final, la Sala Penal de la Corte rechazó los pedidos contra los camaristas, y estos, a su vez, confirmaron a los jueces de Sentencia, pero el juicio debió reiniciarse porque pasaron los 10 días previstos por la ley para la paralización del caso. Las audiencias fueron reiniciadas, y ya pidieron la nulidad por preopinión de los jueces.