05 sept. 2025

Moratoria tributaria fijada en ley de emergencia no incluiría IVA ni ISC

SET pedirá al Equipo Económico que suspensión de pagos solo alcance a los impuestos a la renta abonados por empresas. Además, plantea que moratoria no alcance a grandes contribuyentes.

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) está ultimando los detalles del proyecto de decreto reglamentario que deberá presentar este martes al Equipo Económico Nacional (EEN) sobre la moratoria tributaria establecida en la Ley de Contingencia Económica por el avance del coronavirus.

El titular de la Administración Tributaria, Óscar Orué, informó que se prevé que la suspensión de los pagos se extienda por un periodo de 60 días y recalcó que esta medida no implica una exoneración, sino una postergación.

Adelantó que la SET propondrá al seno del EEN que la moratoria incluya solamente a los impuestos empresariales directos. Así, prosiguió, estarían contemplados aplazamientos en el impuesto a la renta comercial, industrial y de servicios (Iracis) y en el impuesto a la renta agropecuaria (Iragro), pero no en los regímenes indirectos como el impuesto al valor agregado (IVA) y el impuesto selectivo al consumo (ISC). Tampoco estará incluido el impuesto a la renta personal (ver la infografía y el apoyo).

Explicó que se tomó la decisión de plantear la exclusión del IVA y del ISC teniendo en cuenta que, al ser indirectos, ya son abonados por los consumidores al momento de cualquier compra y lo que hacen las compañías locales es retener ese pago hasta fin de mes y luego hacer la liquidación ante el Fisco.

“No ocurre lo mismo con el Iracis y el Iragro que son impuestos sobre las ganancias que paga cada empresa, sea chica, mediana o grande”, expresó.

Agregó que, en cuanto a las nuevas obligaciones fijadas en la reforma fiscal del año pasado, el impuesto a los dividendos y utilidades (IDU) vence recién en agosto; mientras que el anticipo del impuesto a la renta empresarial (IRE) se pospuso para julio.

Por ingreso. El viceministro Orué indicó, además, que propondrán al Equipo Económico que el alcance se determine según la facturación declarada en 2019.

Subrayó que la idea es que la postergación sea establecida para las pequeñas y medianas empresas que tuvieron ingresos brutos máximos de G. 6.000 millones el año pasado, ya que sería el sector más golpeado por la cuarentena sanitaria y el actual aislamiento total.

El subsecretario de Estado aclaró, no obstante, que la decisión final será tomada por el Equipo Económico el martes, por lo que la reglamentación final puede sufrir modificaciones según crean conveniente los secretarios de Estado que lo conforman.

Con respecto a la reglamentación general de la Ley de Contingencia, el viceministro de Administración, Óscar Llamosas, informó ayer que aún siguen puliendo algunos aspectos.

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El IRP no será aplazado, pero sí fraccionado
El impuesto a la renta personal (IRP) tampoco será incluido dentro del paquete de moratoria establecido en la Ley de Contingencia Económica, afirmó el viceministro de Tributación, Óscar Orué.
El subsecretario de Estado recordó que este es un impuesto abonado por la gente que gana más dinero y que el Ejecutivo ya fijó facilidades de pago para este sector.
En ese sentido, el Decreto 3457/20 estableció que con una entrega del 20% hasta el 30 de abril, los contribuyentes del IRP podrán fraccionar el pago en 5 cuotas corridas sin intereses.