La garantía constitucional fue presentada por el abogado Édgar Arias Bazán, en representación de César Quevedo Isnardi, procesado por los supuestos delitos de tenencia sin autorización y tráfico de sustancias estupefacientes, asociación criminal y resistencia.
El hombre está preso desde el 23 de enero del 2015, por lo que su defensor invocó el artículo 19 de la Carta Magna, ya que pasó la pena mínima, sin que haya una condena.
Además, señaló que el mismo tiene 58 años, y es hipertenso, diabético y asmático, con lo que por la pandemia era uno de los que estaban en el grupo de riesgo, por lo que solicitó la libertad.
En forma unánime, los ministros Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia votaron por el rechazo del hábeas corpus planteado.
Tras el pedido de informe, se supo que tenía dos órdenes de prisión, del 23 de enero del 2015 y del 9 de noviembre del 2015, por los citados delitos.
Dice la ministra Llanes que la prisión no era ilegal, ya que fue dictada por jueces competentes. Recomendaba sí al Ministerio de Justicia arbitrar las medidas para velar por el estado de salud del mismo.
El ministro Ramírez Candia hace un análisis de los delitos. Dice que el tráfico de drogas, tenía una pena mínima de 10 años y máxima de 25 años. La tenencia tiene pena de 5 a 15 años, mientras que la asociación criminal de 6 meses a 5 años, y la resistencia de 6 meses a 5 años.
Con ello, dice Ramírez Candia que la pena mínima es de 10 años, por lo que no se dan las condiciones para su libertad. De esta manera, rechazan el pedido.