Esto con miras a las nuevas reglas tributarias que entrarán en vigencia desde el 1 de enero del 2020, tras la promulgación de la Ley 6380/19, de Modernización y Simplificación Tributaria, más conocida como ley de reforma tributaria. La normativa se encuentra en etapa de reglamentación en el Ministerio de Hacienda.
“Todos los impuestos a la comercialización y/o exportación de la mercadería objeto del presente contrato, cualquier sea su naturaleza, serán descontados del vendedor (el productor) en la liquidación del presente contrato”, menciona un documento facilitado a ÚH.
En el documento también se establece que “el presente contrato se celebra entre las partes en un contexto o estado de las cosas que pueden ser modificados, aparte de las ya existentes respecto al régimen tributario. En el caso que el Gobierno Nacional cree nuevos impuestos, tasas y/o contribuciones que graven la comercialización y/o exportación de la mercadería objeto de este contrato, y/o modifique las actuales, estos serán descontados al vendedor en la liquidación del presente contrato”.
Al respecto, Héctor Cristaldo, presidente de la Unión de Gremios de la Producción (UGP), manifestó que la transferencia de impuesto sobre el productor es la misma práctica que se tuvo desde el principio en que el productor empezó a negociar con los agroexportadores.
Cristaldo afirmó que los impuestos siempre fueron pagados por los productores, no por los agroexportadores, que actúan como un “pasa mano” del Estado.
Una de las novedades que plantea la reforma tributaria es la eliminación de la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al sector agroexportador.