26 abr. 2024

Luego de 17 años, Corte rechaza dos acciones de funcionarios

Dos acciones que fueron planteadas en el 2004 por funcionarios de la Dinatrán y de un sindicato fueron resueltas ahora. En un caso, la ministra se disculpa porque tuvo la acción “recién en el 2014".

¿Y por casa? La Corte había exigido a los jueces informes sobre mora para el 30 de abril.

¿Y por casa? La Corte había exigido a los jueces informes sobre mora para el 30 de abril.

La Sala Constitucional de la Corte rechazó las acciones promovidas por funcionarios públicos con respecto a la Caja Fiscal, que habían sido promovidas en el 2004. Tardaron 17 años para estudiar las inconstitucionalidades que finalmente rechazaron.

En el primer caso, accionaron Ricardo Arias, Giovanni Osorio, Ovidio Javier Talavera, Brígido Torres, María Santacruz y Mílner Viveros, todos funcionarios de la Dirección Nacional de Transporte (Dinatrán), contra los artículos 4 y 5 de la Ley 2345/03.

Señalaban que la estructura del sistema jubilatorio no era otra cosa que un tributo encubierto, que atenta contra la igualdad y justicia, al equiparar las salarios con las bonificaciones, gratificaciones y horas extras.

El primer artículo habla de que todo lo percibido deberá ser aportado al sistema jubilatorio. El segundo refiere que se calcularán los cinco últimos años de la remuneración imponible.

En la acción, los ministros Gladys Bareiro, Antonio Fretes y César Diesel votaron por el rechazo de la presentación, ya que no es un agravio atendible por la vía de la inconstitucionalidad. El hecho de que la norma sea injusta no significa que sea inconstitucional, dicen. Así rechazan la acción. Diesel deja constancia de que asumió recién el 27 de mayo de 2020, y la acción llegó a él en agosto del 2020. Fretes dice que le llegó en junio del 2008 y votó en noviembre de ese mismo año.

OTRO CASO. La segunda acción fue planteada en el 2004, por el Sindicato de Funcionarios de la Dirección de Investigación y Producción Animal (Fidudipa), a través del abogado Marciano Vera, contra los artículos 1, 4, 5, 9 y 18 de la Ley 2345/03.

La ministra Gladys Bareiro lamenta el lapso entre la promoción de la acción y la resolución. “Estos autos llegaron a mi gabinete recién en fecha 20 de mayo de 2014”, dice.

La ministra sostiene que la acción carece de los documentos que demuestran que los accionantes son funcionarios públicos, por lo que la invocación es insuficiente, por lo que ni siquiera estudiaron el fondo de la cuestión.

Por su parte, el ministro Antonio Fretes aclara que el caso llegó a su despacho el 17 de mayo de 2007, y votó el 14 de setiembre de 2009.

El mismo también indica que la acción cuenta con defectos formales, ya que el abogado solo presentó un poder general del citado sindicato, lo cual resultaba insuficiente para accionar, por lo que la acción debía ser rechazada por defectos formales. A este voto se adhirió el ministro César Diesel.

Con ello, los ministros Bareiro, Fretes y Diesel rechazaron también esta acción de inconstitucionalidad, 17 años después.

Pleno pide a jueces informes de fallos
Contrariamente a todo el tiempo transcurrido en las dos acciones, nada menos que 17 años, el pleno de la Corte, pidió informes a todos los jueces y camaristas sobre los casos judiciales en estado de sentencia. El informe se entregó el 30 de abril pasado, y es para evitar la mora judicial.

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