En 2006, la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) autorizó el registro de dos dibujos o modelos comunitarios de la empresa francesa Yves Saint Laurent (YSL), destinados a aplicarse a dos modelos de bolsos.
En 2009, la empresa Hennes & Mauritz (H&M) presentó ante la OAMI sendas solicitudes de nulidad de los dibujos o modelos registrados por YSL, por entender que carecían de carácter singular.
Dado que sus solicitudes de nulidad fueron desestimadas, H&M interpuso recursos ante la OAMI, que fueron desestimados mediante resoluciones de 8 de julio de 2013.
El Tribunal General recuerda en su sentencia que los bolsos de YSL se diferencian del bolso de H&M en tres características que tienen una influencia determinante en el aspecto visual global.
Se trata de la forma general, la estructura y el acabado externo del bolso.
La corte confirma la apreciación de la OAMI de que los dibujos o modelos de YSL producen por tanto en las usuarias informadas una impresión general distinta a la del dibujo o modelo de H&M.
El Tribunal General considera que las diferencias que existen entre los dibujos o modelos de que se trata son importantes y que sus semejanzas resultan insignificantes en el marco de la impresión general que ambos producen.
En el caso de los dibujos o modelos de YSL, la impresión producida es la de un modelo de bolso caracterizado por líneas básicas y simplicidad de formas, mientras que en el caso del dibujo o modelo de H&M la impresión es la de un bolso más “elaborado”, caracterizado por redondeces y con una superficie aderezada de motivos ornamentales.
El Tribunal General señala además que las correas y el asa de los dibujos o modelos de las dos marcas se prestan a usos distintos, puesto que los dibujos o modelos de YSL representan un bolso que se lleva exclusivamente en la mano, mientras que el dibujo o modelo de H&M representa un bolso que se lleva al hombro.