23 abr. 2024

La defensa de Hugo Javier apeló inhibición y el fiscal se opone

Imputado. Hugo Javier González junto con su abogado.

Imputado. Hugo Javier González junto con su abogado.

Las defensas del gobernador de Central, Hugo Javier González, y de otro coprocesado, apelaron la resolución por la que se decretó su inhibición general de gravar y vender bienes. Sin embargo, la fiscalía se opone a que se le dé trámite a los recursos hasta que haya un juez en la causa.

El abogado Andrés Casati, en representación del procesado jefe departamental, y Adolfo Marín, por la defensa del ingeniero Óscar Morel Oses, recurrieron la resolución del 2 de noviembre pasado del juez José Agustín Delmás.

Por la citada resolución, el magistrado había admitido la inhibición general de gravar y vender bienes de todos los procesados por presunta lesión de confianza, por las supuestas irregularidades en el uso de los fondos para el Covid-19.

Sin embargo, actualmente, la causa no tiene juez ya que Delmás se había apartado porque se presentó el abogado Andrés Casati en representación del gobernador de Central.

Así, el caso pasó al juez Humberto Otazú, quien impugnó la inhibición de su colega, por lo que ahora el Tribunal de Apelación deberá determinar quién será el juez de la causa.

No obstante, como es una medida cautelar, pese a que no se define al juez, Delmás le dio trámite a las apelaciones de las defensas, por lo que le corrió traslado al fiscal de la causa.

De esta manera, el fiscal Diego Arzamendia planteó recursos de reposición y apelación en subsidio, donde apela la resolución por la que se dio trámite al recurso.

En su interpretación, el fiscal dice que recién cuando haya un juez confirmado es que se tiene que dar trámite al recurso de la defensa.

RECURSO. Por su parte, la defensa de Hugo Javier González, sostiene en su apelación que la medida dispuesta por el juez Delmás es desproporcionada, y que las medidas cautelares de orden personal se encuentran aún pendientes de realización.

Indica que el gobernador no fue imputado por lavado de dinero, sino por otros hechos punibles, por lo que mal podría aplicarse la Ley 1015/97 que “Previene y reprime los actos ilícitos destinados a la legitimación de dinero o bienes”.

Argumenta que, por la incongruencia del fallo, incluso amerita una denuncia ante el Jurado de Enjuiciamiento. Con ello, piden revocar, o en su caso anular el fallo.

Por su parte, Marín pide anular la resolución porque se usó la ley que reprime el lavado de dinero, cuando que su representado no fue procesado por ese delito. Indica que el juez actuó en contra de la ley al aplicar la citada medida cautelar. Con ello, la defensa sostiene que la resolución debe anularse.

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