12 abr. 2026

La Corte confirma penas por secuestro de Llano tras 9 años

Luego de más de 9 años de ocurrido el secuestro del ganadero Sebastián Llano, la Sala Penal de la Corte ratificó la sentencia contra los acusados, con lo que ahora queda firme.

En el caso están condenados a 15 años de cárcel Fidel Chávez y la ex modelo Lourdes Lorena Aquino, mientras que Anselmo Acuña fue condenado a 14 años.

El recurso extraordinario de casación fue presentado por la defensa de Anselmo Acuña. Por su parte, la ex modelo Aquino desistió el 13 de junio pasado de su recurso para pedir la libertad condicional, pero recién ahora fue admitido. Por unanimidad fallaron los ministros Alicia Pucheta de Correa y Sindulfo Blanco, a más de la camarista Bibiana Benítez, que entró en reemplazo del ministro Luis María Benítez Riera, que se inhibió.

Si bien admitieron el estudio del recurso contra la sentencia del Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala, del 4 de noviembre del 2008, los ministros apuntan que en el juicio oral se respetaron todos los derechos procesales de los acusados.

Apuntan que el Tribunal valoró las pruebas conforme con la sana crítica, por lo que la sentencia debía ser ratificada. Con ello, se rechazó el recurso de la defensa.

En el caso se investigó el secuestro del ganadero Sebastián Llano, ocurrido el 28 de junio del 2004, quien fue capturado en una falsa barrera en Villa Aurelia, de Asunción.

Tras una semana de cautiverio y luego del pago de un rescate de 174.000 dólares, la víctima fue liberada por sus secuestradores sano y salvo.

En el juicio oral, los jueces Héctor Capurro, Miguel Said y Andrés Casati, en mayo del 2008, condenaron a Lourdes Lorena Aquino, Fidel Chávez y Anselmo Acuña, y absolvieron al policía Blas Darío González., aunque los camaristas anularon este punto y se repetirá el juicio para el mismo.

La Corte también rechazó el pedido de extinción de la acción penal solicitado por Acuña. Argumentaron que, a pesar de los casi nueve años, la interposición del recurso de casación suspendía los plazos procesales, según la Ley Camacho.