25 abr. 2024

La Contraloría pide que el proyecto de financiamiento contemple límite

El organismo de control dice que constitucional y legalmente puede realizar control y fiscalización de recursos que financien campañas electorales, siempre que comprometan el erario público.

Fiscalización. Funcionarios de la Contraloría, ente  que planteó propuestas en el debate sobre financiamiento político.

Fiscalización. Funcionarios de la Contraloría, ente que planteó propuestas en el debate sobre financiamiento político.

La Contraloría General de la República emitió un dictamen respondiendo a la solicitud de la Comisión Permanente del Congreso Nacional, que había pedido una opinión del ente contralor sobre el proyecto de ley que busca modificar artículos de la ley de financiamiento y que en algunos de sus artículos incluye a la Contraloría.

En ese sentido, el contralor Camilo Benítez contestó que organismo a su cargo se encuentra constitucional y legalmente legitimada a participar del control y fiscalización de recursos que financien campañas electorales, siempre que dichos recursos comprometan el erario público. Por lo que sugiere que el proyecto de ley en cuestión contemple dicho límite de actuación para su aplicabilidad en cuanto a la intervención de esta institución.

“En cualquier caso, este organismo superior de control, como ejecutor del marco normativo que rige el actuar del Estado, pondrá a disposición los recursos humanos y técnicos necesarios a fin de prestar colaboración para el cumplimiento de los objetivos del sistema de control del financiamiento político que eventualmente sea aprobado por el Congreso de la Nación”, indicó.

Por otra parte, con respecto a la participación temporal de la Contraloría en una unidad de fiscalización a fin de realizar controles de autenticidad, veracidad y completitud de las declaraciones juradas presentadas por los candidatos, dice el dictamen “que la actividad que será atribuida a dicha unidad, excedería el límite impuesto a las atribuciones de esta institución por disposiciones constitucionales y legales”, esto en lo que respecta a las internas partidarias.

Sin embargo, desde el ente contralor sostienen que ello no representa obstáculo alguno al ejercicio de las facultades propias de la Contraloría en cuanto a la verificación de las rendiciones de cuentas de los partidos y alianzas electorales, que hayan sido beneficiarios de transferencias monetarias por parte de la Justicia Electoral.

“Dichos fondos, al constituir aportes estatales de carácter público, están bajo el ámbito de control irrestricto de la Contraloría. En ese sentido, los resultados de actividades de control eventualmente emprendidas por esta institución podrían señalar irregularidades para la promoción de procedimientos sancionatorios de orden administrativo, civil o penal”, reza parte del documento.

DETERMINAR. En cuanto al artículo 66, del proyecto en estudio en la Cámara de Diputados, donde se hace referencia que el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) tendrá la facultad de hacer las quitas y los descuentos de acuerdo al grado de cumplimiento de la documentación presentada, la Contraloría manifiesta que es pertinente determinar el procedimiento a ser implementado, o el medio por el cual, la mencionada institución se valdrá para proceder a las acciones, y si otra institución coadyuvará en dicho procedimiento.

En otro momento, en el documento remitido al titular de la Comisión Permanente, el senador Arnaldo Franco, el organismo de control recuerda las modificaciones que fueron realizadas a lo dispuesto en el Código Electoral, y cómo fue cambiando la inclusión o exclusión de la Contraloría del proceso de control del financiamiento. (ver infografía).

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