21 jun. 2025

Jueza acciona ante Corte por fallo que anuló su sentencia

Graciela Ortiz, jueza en lo Laboral, accionó ante la Corte contra un fallo del Tribunal de Apelación que le anuló su sentencia y la condenó a pagar las costas. Al final, el máximo Tribunal hizo lugar a la acción de la magistrada.

Accionante.  Graciela Josefina Ortiz, jueza en lo Laboral,  quien había sido penada en costas por el fallo de Apelación.

Accionante. Graciela Josefina Ortiz, jueza en lo Laboral, quien había sido penada en costas por el fallo de Apelación.

La inédita resolución fue dictada por los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro de Módica y Miryam Peña.

La juzgadora Graciela Ortiz atacó la resolución del Tribunal de Apelación en lo Laboral, Primera Sala, dictada el 5 de octubre de 2012.

Por el acuerdo y sentencia, los camaristas anularon lo resuelto por la jueza en el expediente caratulado Jorge Ramón Alcaraz Cuenta contra Juan Gualberto Agüero Nigra por cobro de guaraníes en diversos conceptos laborales.

Dispusieron “declarar nula la sentencia, con costas a la causante de la nulidad, en atención a lo dispuesto por el art. 2458 del CPT”. Con esto, la jueza debía de pagar los gastos del juicio por la nulidad de su resolución.

Además, los camaristas rechazaron la excepción de falta de acción que promovió el demandado, y a la vez, hicieron lugar a la demanda de Jorge Alcaraz, por la suma de G. 12.756.000.

LA ACCIÓN. La jueza Graciela Ortiz promovió la acción de inconstitucionalidad con el argumento de que el “fallo sentenciador ‘inaudita parte’ suprimió mi derecho a la defensa imponiendo una condena dineraria líquida y lo que parece una sanción de naturaleza moral...”.

Añade también que no era parte legitimada y mucho menos notificada para ejercer su derecho a la defensa ante el Tribunal de Apelación del Trabajo. Sostiene que la resolución es una “grosera violación al derecho a la defensa...”.

Niega que haya habido error en su fallo. Pide que se declare inválida la resolución dictada por los camaristas.

El entonces fiscal adjunto, Diosnel Rodríguez, dictaminó por rechazar la acción.

Según el voto de Bareiro de Módica, los camaristas no fundaron el motivo de la sanción a la jueza, por lo que se debía anular la parte en que impone las costas a Ortiz.

Por su parte, Fretes remarca en su voto que se observa en el fallo de la jueza que no resolvió la excepción de falta de acción, lo que hacía nulo el fallo. Refiere que la jueza estableció un monto de G. 18.977.824, que fue reducida en apelación a G. 12.756.000.

Coincidió, al igual que su colega Miryam Peña, en que se debía anular el fallo en la parte que condena a la jueza a pagar las costas del juicio, por ser causante de la nulidad.

Con ello, al final, los ministros anularon parcialmente la resolución del Tribunal de Apelación en lo Laboral, Primera Sala.