24 abr. 2024

Frágil seguridad del régimen stronista fue puesta a prueba

El atentado contra Anastasio Somoza fue una cachetada para la dictadura. A raíz de ello, comenzaron los rastrillajes, las detenciones y solo hubo un condenado como encubridor.

Atentado. A 40 años del atentado, en el caso  judicial hubo un fotógrafo condenado, y un prófugo.

Atentado. A 40 años del atentado, en el caso judicial hubo un fotógrafo condenado, y un prófugo.

Foto: Archivo ÚH.

@Raulramirezpy

La dictadura stronista se jactaba de la seguridad que tenía. Nadie entraba o salía sin que lo supiera, decía la propaganda. El mortal atentado contra el ex presidente de Nicaragua Anastasio Somoza Debayle, ocurrido el 17 de setiembre de 1980, hizo que su seguridad fuera puesta en jaque porque demostró la vulnerabilidad del régimen.

La facilidad con que los integrantes del Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP) ingresaron al país, el haber alquilado una vivienda, y hasta un puesto de revistas, permanecido en Paraguay sin que fueran detectados siquiera por los pyragües stronistas, dejó al descubierto la fragilidad de la dictadura.

Es así que tras el atentado, la reacción del dictador fue un operativo militar nunca antes visto, donde se realizó la revisión casa por casa en Asunción y las ciudades aledañas. Esto fue el antecedente de los actuales rastrillajes de la Policía. Es que las fotografías del atentado ocurrido la mañana de ese miércoles de setiembre, donde además del asilado político Anastacio Somoza, también fallecieron su chofer César Gallardo y su asesor financiero Joseph Baittinger, recorrieron el mundo.

El dantesco espectáculo estaba expuesto. Todos los autores escaparon salvo Hugo Alfredo Yrurzún, quien fue herido al día siguiente, al tratar de fugarse por el techo de una vivienda en el barrio San Vicente. Falleció después, y su cuerpo fue exhibido como trofeo. La persecución siguió varios días. Los policías ingresaron prácticamente a todas las viviendas de la capital. Hacían preguntas, abusaban de su poder, lanzaban libros, se llevaban cosas, golpeaban gente. Todos los argentinos eran sospechosos.

El objetivo era tener datos de los autores. De toda esa pesquisa, el 30 de octubre de 1980, fue detenido el fotógrafo chileno Rafael Alejandro Mella Latorre, como supuesto encubridor del hecho. La Policía dijo que sus fotografías sirvieron de soporte a los guerrilleros para el ataque. Fue torturado como era costumbre en esos días.

PROCESO JUDICIAL. Rafael Alejandro Mella Latorre, fue procesado por el triple homicidio junto con Enrique Horaldo Gorriarán Merlo, quien fue declarado rebelde y con orden de captura.En la causa, el 9 de abril de 1986, el entonces juez en lo Criminal, César Rey Martínez, le condenó a 6 años de cárcel, por homicidio con alevosía.

La pena máxima era de 30 años, pero como encubridor, la sanción correspondía a la quinta parte.El fiscal de la causa no estuvo de acuerdo, y apeló el fallo. Quería una condena de 10 años, ya que entendía que era Mella Latorre era cómplice. Solicitó que la pena sea elevada por los camaristas.

Al final, el 3 de setiembre de 1986, el Tribunal de Apelación en lo Criminal, Tercera Sala, integrado por Luis Fernando Sosa, Benigno Rojas Vía y Antonio Escobar Cantero, ratificó la condena de 6 años de penitenciaría.Según las crónicas de la época, hubo apelación ante la Corte Suprema de Justicia, pero la condena quedó ahí.

Sin embargo, pese a que en octubre de 1986, cumplía la condena impuesta, Mella Latorre, purgó 8 años, 3 meses y 19 días.Al salir de prisión, el mismo fue expulsado del país, por lo que volvió a Chile. Años después, regresó y declaró como víctima de la dictadura stronista. Lo indemnizaron también.

CAUSA ABIERTA. La causa del atentado quedó abierta en el juzgado del entonces juez en lo Criminal, César Rey Martínez, contra el prófugo Enrique Gorriarán Merlo, quien nunca vino a enfrentar su proceso al Paraguay. Era el que lideró el grupo que asesinó al ex presidente nicaragüense.

En 1989, Gorriarán Merlo lideró el asalto al Cuartel La Tablada, en las afueras de Buenos Aires, cuya recuperación costó la vida de 11 miembros de las Fuerzas Armadas y 31 guerrilleros. Fue durante la presidencia de Raúl Alfonsín, ya tras la caída de la dictadura argentina.

En aquel asalto, el guerrillero prófugo de la Justicia paraguaya, ya lideraba el grupo armado Movimiento Todos por la Patria (MTP). También escapó, pero fue detenido en México, en 1995, de donde fue extraditado a la Argentina.Tras el juicio en su propio país, fue condenado a cadena perpetua por el citado ataque. Quedó recluido en una cárcel argentina. En el mes de mayo del 2003, fue indultado por el entonces presidente Eduardo Duhalde.

En el 2005, Gorriarán Merlo lanzó su propia fuerza política, el Partido para el Trabajo y el Desarrollo. Murió el 22 de setiembre del 2006, a los 65 años, en un hospital de Buenos Aires. Jamás enfrentó a la justicia paraguaya por el triple crimen.

RECURSO DE REVISIÓN. Lo último que se tuvo en los tribunales sobre el caso de Anastacio Somoza, fue el recurso de revisión de sentencia presentado por el fotógrafo chileno Rafael Alejandro Mella Latorre, en el mes de mayo del 2016, ante la Sala Penal de la Corte Suprema.

En su recurso de revisión, Mella Latorre, bajo patrocinio el abogado Eduardo Aguayo, atacó la sentencia del juez Rey Martínez, del 9 de abril de 1986 y el acuerdo y sentencia del Tribunal de Apelación en lo Criminal, del 3 de setiembre de ese año. Pidió la nulidad de ambos fallos, porque según argumentaba, fueron dictados a través de delitos de lesa humanidad. Incluso, sus abogados habían sido detenidos durante el juicio, conforme había dicho en su presentación.

El 29 de agosto del 2017, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros Alicia Pucheta, Sindulfo Blanco y Luis María Benítez Riera, declaró inadmisible el recurso de revisión promovido.

Los ministros analizaron los fallos atacados y alegaron que el principal motivo de la revisión es que las dos resoluciones fueron dictadas a raíz del prevaricato, cohecho, violencia u otra argumentación fraudulenta que haya sido declarada en sentencia posterior firme.

Dijeron que no existe fallo alguno que haya constatado eso. Con eso, declararon inadmisible el recurso de revisión. Ahí concluyó el caso.

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