Los agentes solicitaron al Tribunal de Apelación Penal que anule la sentencia dictada el 17 de abril pasado por los jueces Elio Rubén Ovelar, Darío Báez y María Luz Martínez, y dispongan el reenvío para un nuevo juicio oral.
En el fallo, los jueces Elio Ovelar y Darío Báez votaron por la absolución del ex ministro de Urbanismo, Vivienda y Hábitat, porque consideraron que la declaración jurada falsa presentada ante la Contraloría no era delito.
Votó en disidencia la jueza María Luz Martínez, que consideró que se probaron los hechos y que había que aplicar la pena de un año y medio de cárcel al ex ministro, de los tres años que pidió la Fiscalía.
Fúster y Coronel refieren que hubo inobservancia y errónea aplicación de un precepto legal, ya que dicen que los jueces no tuvieron en cuenta la norma constitucional específica, sino que la desechó voluntariamente.
Los fiscales consideran ”que la errónea aplicación de la ley se cimenta en la insuficiente fundamentación, a raíz de que vulnera el principio lógico de razón suficiente, implicando esto que estamos frente a una resolución judicial con graves vicios en el razonamiento realizado por el Tribunal de Sentencia en mayoría”.
Alegan que se violó el deber de motivar el fallo. Dicen que en un solo párrafo citaron las pruebas, que debían ser usadas para llegar a la convicción que el hecho era atípico. “El Tribunal en mayoría pretende darle una connotación distinta en el sentido de darle un ropaje administrativo o incluso civil”, acotan.