La fiscala electoral Norma Cristaldo dijo que el juez Pedro Arias ya dictó igual resolución (de suspender retiro de propaganda ilegal) durante las urnas delivery que el PLRA organizó el año pasado y la misma fue anulada por el Tribunal Electoral de la Capital.
Ahora, el juez reitera el mismo hecho y debería ser procesado por mal desempeño por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, señaló.
Cristaldo dio a conocer la resolución del citado tribunal electoral (Acuerdo y Sentencia n.º 15), del 17 de agosto del 2012, que resolvió declarar la nulidad del fallo dictado por juez Arias, en ese entonces, en un juicio de amparo promovido por el PLRA. La única diferencia es que en aquel entonces, el problema surgió dentro del Departamento Central y ahora en la Capital, explicó.
El fallo del Tribunal Electoral de la Capital, primera sala, señalaba que “prohibir al Ministerio Público cumplir con su rol constitucional no es lo más recomendable y menos por una resolución judicial cuyo alcance va más allá de los que le asigna la ley como actos de disposición. El Ministerio Público, como representante de la sociedad, tiene la obligación de velar por el cumplimiento de la Constitución y la ley, en el rubro para el cual fue designado”, decían los fundamentos del tribunal.