Además, el magistrado de Delitos Económicos rechazó los recursos de reposición y apelación en subsidio de los procesados y, a la vez, el pedido de anular la imputación que se planteó.
Con respecto a Coscia, imputado por presunta lesión de confianza, desistió del recurso de reposición planteado a través de sus abogados Enrique Kronawetter y Federico Huttemann, y se puso a disposición para la aplicación de medidas cautelares.
El juez Humberto Otazú le concedió la libertad ambulatoria, así como la obligación de residir en el domicilio denunciado, sin cambiarlo, fianza real, que será de G. 1.000 millones, a ser presentada en 20 días.
También, la prohibición de cambiar su número de teléfono, la obligación de informar la salida e ingreso del país, y la comparecencia mensual del 1 al 10 de cada mes.
RECHAZOS. Por otro lado, el juez no hizo lugar a los recursos de reposición y apelación en subsidio, contra la resolución que admitió la imputación, y fijó fechas para la audiencia de imposición de medidas, presentadas por las defensas de varios procesados.
Así, rechazó los recursos de los imputados Raúl Silva Busto, Álvaro Wasmosy Carrasco; José Antonio Ortiz y Carmen Corina Alonso.
Las defensas señalaron que no se podía admitir la imputación, que era nula, debido a que no cumplía con los requisitos legales. Además, tampoco se podrían imponer medidas cautelares.
El juez Otazú rechazó el recurso, ya que indicó que sí analizó los presupuestos para admitir la imputación. Incluso, señala que la resolución no menoscaba derechos ni garantías constitucionales.
Al final, rechaza los recursos, pero le da trámite al recurso subsidiario. Con ello, será el Tribunal de Apelación el que de nuevo revise la cuestión.
nulidad. Igualmente, el juez tampoco hizo lugar a los incidentes de nulidad de la imputación, planteados por las defensas de José Antonio Ortiz (presidente de la Conajzar), Carmen Corina Alonso, Rubén Roussillón y Ricardo Núñez; y del procesado Raúl Mariano Silva Busto.
El juez analizó uno por uno los incidentes y finalmente entendió que no había motivos para anular el acta de imputación.
Las defensas sostuvieron que la imputación era nula porque no había un relatorio de los hechos, no se sabía qué había hecho cada imputado, por lo que no era claro de qué debían defenderse.
La fiscalía, por su parte, sostuvo que la imputación cumplía con los requisitos, por lo que debía ser rechazada la nulidad pretendida por las defensas.
El juez entendió que en la imputación, se identificó a los procesados, se hizo un relato sucinto de los hechos investigados, donde a raíz de la resolución de la Conajzar, firmada por los procesados, se causó un perjuicio de unos 30.000 millones, los cuales están sujetos a las resultas del proceso, y se pidió un plazo de investigación. Así, rechazó la nulidad requerida.
Sergio Coscia, ex procurador general de la República, tiene medidas alternativas, concedidas ayer por el juez Humberto Otazú, por el caso de la Conajzar. Los demás plantearon recursos en la causa.