29 mar. 2024

Es sobreseído porque fiscala se equivocó de acusado

Tribunal. Dos de los jueces, Víctor Medina y Olga Ruiz.

Tribunal. Dos de los jueces, Víctor Medina y Olga Ruiz.

Porque la fiscala se equivocó de imputado a la hora de presentar su acusación en el último día del plazo que tenía, finalmente, un hombre fue sobreseído, porque si bien se corrigió el error, ya fue en forma extemporánea.

La resolución favoreció a Alberto Catalino Lugo Villalba, procesado por presunta tenencia de estupefacientes, quien fue sobreseído definitivamente y liberado tras casi tres años de prisión.

La decisión fue tomada de forma unánime por los jueces Olga Ruiz, Inés Galarza y Víctor Medina, que admitieron el pedido del defensor público Carlos Arce, en representación del procesado.

El caso es que en agosto del 2018 detuvieron a Alberto Lugo, por lo que tras darle prisión el juez fijó como plazo para presentar la acusación del Ministerio Público el 28 de febrero del 2019.

Así ese día, la fiscala Elba Cáceres presentó acusación, pero se equivocó de caso. La acusada fue María Elvira Martínez, una persona totalmente ajena al proceso y diferente del hecho investigado.

Al día siguiente, 1 de marzo del 2019, la fiscala pidió anular dicha acusación y presentó la que correspondía, en contra de Lugo Villalba, lo que fue admitido en Garantías.

Después, ya en el juicio oral, la defensa solicitó la nulidad de la acusación porque fue presentada en forma totalmente extemporánea.

La fiscala señaló que ella presentó su acusación en fecha, pero que fue un error del sistema informático.

Con este argumento, los jueces rechazaron la nulidad del proceso.

No obstante, el defensor planteó recurso de reposición. Señaló que la acusación del 28 de febrero fue contra otra persona distinta y la que el juez usó para elevar el caso a juicio fue la del 1 de marzo.

Al final, tras revisar los documentos, los jueces entendieron que efectivamente se acusó a una persona distinta y que el pedido de juicio oral contra Lugo fue el de 1 de marzo del 2019.

Con ello, anularon la acusación fiscal, declararon la extinción de la acción penal y sobreseyeron al acusado Alberto Lugo.

Alegaron que la acusación fue presentada en forma extemporánea, por lo que no se cumplieron con los plazos que tenía para finalizar el procedimiento.

Lugo, al final, salió en libertad luego casi tres años de encierro. Incluso, podría plantear un pedido de indemnización contra el Estado paraguayo.

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