En base a la denuncia formulada ante la Secretaría Nacional Anticorrupción, Mendoza expuso que la causa se encuentra desestimada por la Unidad de Transparencia en el portal de esta secretaría.
“Es sabido que la liquidación y el pago de salario es realizado por el mes vencido, en este caso, el pago correspondiente a gasto de representación de la Dra. Laura Beatriz Mendoza de Arbo efectivamente fue liquidada por el mes de setiembre de 2021 y pagado en los primeros días de octubre de 2021. Esto surge del Memorando DGTH/DREM N 37/2022, de fecha 8 de febrero de 2022 que remite las planillas de liquidación y pago del OG 113”, señala el descargo de la directora de Gabinete.
Agregó que es preciso señalar que la figura del pago retroactivo se da únicamente en pagos acumulados de meses vencidos y esta situación no se adecua a la denuncia formulada en su contra. “La liquidación y pago por gastos de representación se ha dado dentro de las liquidaciones correspondientes a cada funcionario dentro del mes vencido respectivamente, consignando un solo pago por mes en dicho concepto, conforme surge al informe de pagos de la Dirección de Administración Financiera”, apuntó.
Concluyó que los pagos realizados en concepto de gastos de representación a los funcionarios comisionados Laura Mendoza de Arbo, Pablo Manuel Olmedo y Julio Cesar Barreto no adolece de irregularidad y que se ajusta al principio de legalidad.
La denuncia hacía referencia a que en el Portal de Transparencia de la página web del INTN, correspondiente al mes de octubre del año 2021, se puede corroborar el pago en concepto de gasto de Representación (Rubro 113) de manera retroactiva. El primer cobro de G. 1.800.000 (según figura en resolución N° 463) y un segundo cobro de G. 540.000.
Marcación. Con relación a la denuncia de que la directora de Gabinete es excluida de la marcación digital y que supuestamente estaría figurando en una dependencia de la previsional, la misma se defendió argumentando que tiene habilitada la vía de la firma por planillas, es decir, marcación manual. Esto debido a la baja calidad de lectura de sus huellas dactilares. “No es la única funcionaria de la institución que utiliza este medio para registrar su asistencia ya que el reglamento interno del INTN así lo establece”, afirmó.