El criterio jurídico fue solicitado por el abdista a Emilio Camacho, Marcos Kohn Gallardo y Diego Bertolucci, asesores del Senado.
En el caso de Camacho, la conclusión refiere que resulta imprescindible reglamentar y establecer una mayoría calificada para la pérdida de investidura parlamentario.
Es más, incluso plantea un proyecto alternativo en el que se establece el eventual procedimiento para el caso.
No se hace referencia a la mayoría de votos, sino más bien a la formalidad de la presentación del proyecto para pérdida de investidura.
Se estipula que el pedido debe contar con algunos requisitos como las causales y las documentaciones.
Kohn Gallardo sostiene que el procedimiento de pérdida de investidura cuenta con una dificultad constitucional, ya que a la fecha no existiendo ley que regule su funcionamiento, se está incumpliendo con el artículo 17, inciso 3, de la Constitución Nacional.
Es con relación al derecho de no condenar a una persona sin juicio previo.
Bertolucci concluyó que en las actuales circunstancias solo con causa juzgada condenatoria puede darse la pérdida de investidura.
“Antes es un prejuzgamiento, por decir lo menos o una persecución política por decirlo más”, sentenció.
Su recomendación es que a todas luces es absolutamente necesaria una reglamentación del artículo 201 de la Constitución Nacional.
“De esta manera se completará una formidable valla a un tipo de delito muy común en la administración pública”, consideró. Ahora los dictámenes tienen que ser analizados por los senadores.
Para Rasmussen no es la solución
El senador de Patria Querida Stephan Rasmussen no cree que la solución sea la reglamentación de la pérdida de investidura. Indicó que en todo caso se podría plantear cuando haya una enmienda. Por su parte, Enrique Riera dijo en un programa radial que está dispuesto a plantear una nota de compromiso contra el juramento de Horacio Cartes y Nicanor Duarte Frutos, pero que hablaría con sus colegas.