El proyecto de ley “Que regula la realización y divulgación de encuestas electorales, para cargos de elección popular y referéndum” tuvo sanción ficta en la Cámara de Diputados el viernes pasado, aunque varios legisladores de la Cámara Baja consideran que la iniciativa atenta contra la libertad de expresión y de prensa.
Por un lado, el diputado liberal Jorge Ávalos Mariño, titular de la Comisión de Legislación y Codificación, dijo que “más que regular una encuesta”, o establecer condiciones técnicas para la realización de una encuesta, el proyecto trata de regular la publicidad de los sondeos. “Establece sanciones en el caso de alguna irregularidad, sanción para quien contrata una encuesta y a los medios que publican, pero no al encuestador”, explica Ávalos.
“Plantea una serie de requisitos o exigencias que, digamos, lo único que hacen es complicar la realización de las encuestas. En verdad que también pareciera para nosotros atentatorio contra la libertad de expresión, la libertad de prensa, libertades garantizadas por la Constitución Nacional. Por eso es que optamos por el rechazo en las comisiones”, expresó el diputado.
Agregó que la propuesta parece un proyecto de censura, “porque establece dificultades, limitaciones en las encuestas”. “No parece pertinente el proyecto. De por ahí la intención era diferente, como establecer cuestiones técnicas, qué tener en cuenta a la hora de realizar una encuesta, pero lo que plantea el proyecto es totalmente otra cosa, se fue por otro lado”, lamentó.
El parlamentario espera que el Ejecutivo vete la iniciativa y afirma estar seguro que el veto se aceptará “sin más trámite” en la Cámara Baja. En el mismo sentido se expresó la diputada Rocío Vallejo, del Partido Patria Querida (PPQ), integrante de la Comisión de Asuntos Constitucionales.
Una vez que reciba la comunicación del Congreso, el Ejecutivo tiene doce días hábiles para promulgar o vetar el proyecto. Ante el veto total, la propuesta volverá a la Cámara de origen, el Senado, que necesitará de mayoría absoluta (23 votos) para ratificar su aprobación, y Diputados también requerirá de mayoría absoluta (41 votos) para ratificar la sanción. Si las Cámaras disintieran sobre el rechazo total, el proyecto no podrá tratarse en las sesiones del año.
Detalles. Una exigencia que establece el proyecto de ley es la inscripción en el Registro de Empresas de Encuestas de Opinión, además de establecer multas de hasta 200 salarios mínimos (actualmente G. 422.512.400) para los que infringen la normativa.
La inscripción en el registro será gratuita y deberá realizarse un mes antes de la oficialización de las listas de candidatos. La inscripción deberá renovarse ante cada acto eleccionario y aquellas empresas que no estén inscriptas no podrán difundir encuestas.
Además, se exigen varios documentos para la inscripción, como Certificado de Cumplimiento Tributario; estatuto social y acta de asamblea de designación de autoridades en caso de personas jurídicas; fotocopia de cédula de autoridades de la institución o persona encuestadora; y título habilitante de licenciado, ingeniero, master o doctor en estadística o muestreo, de las personas que integran el equipo técnico de las personas jurídicas.
Asimismo, la ley determina que los sondeos electorales que realicen los medios telefónicamente o a través de cualquier tipo de medio, deberán consignar la frase “Los resultados de este sondeo son referenciales y no tienen sustento científico”. Lo mismo se aplicará a los sondeos difundidos por redes sociales.