26 abr. 2024

Destraban dos procesos por megacontrabando de drogas

Audiencia. Juan José Dubini, en la audiencia en Tribunales.

Audiencia. Juan José Dubini, en la audiencia en Tribunales.

Dos causas emblemáticas de megacargas de drogas fueron destrabadas, una por la Sala Constitucional de la Corte y otra, por el Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos, Crimen Organizado y Anticorrupción.

En el primer caso, los ministros César Diésel, Antonio Fretes y Víctor Ríos rechazaron in límine la acción de inconstitucionalidad planteada por la defensa de Cristian César Turrini Ayala, ex director de la TV Pública.

El mismo, a través del abogado Jorge Marcial Ortiz, había planteado la acción de inconstitucionalidad contra la resolución del 25 de febrero pasado, del Tribunal de Apelación Penal de Crimen Organizado.

Sin embargo, el abogado no agregó el poder por el que acredita que es defensor de Turrini, por lo que la acción fue rechazada in límine.

En el caso, ahora, la jueza Rosarito Montanía fijó la audiencia preliminar para el 2 de diciembre próximo, con lo que no existirían en principio obstáculos para realizarla. En el caso investigan el hallazgo de 2.906 kilos de cocaína en bolsas de carbón vegetal.

OTRA CAUSA. La segunda causa tiene relación con la megacarga de 3.415 kilos de cocaína que fue hallada en Fernando de la Mora, en julio pasado. Esto, al rechazar la nulidad de todas las actuaciones requerida por la defensa de Juan José Dubini Franco.

La resolución fue dictada por los camaristas Arnulfo Arias, Gustavo Ocampos González y Gustavo Auadre, que confirmaron la resolución de la jueza de Crimen Organizado Rosarito Montanía, del 8 de octubre pasado.

El abogado Daniel Lobo había requerido anular las actuaciones porque se violaron garantías constitucionales. Esto, porque según la defensa, no atendió el peligro de muerte que fue denunciado por el imputado.

Según explicó, la magistrada no escuchó los pedidos de la defensa de brindar seguridad a su defendido, y que supuestamente no le dio oportunidad a manifestar.

Sin embargo, los camaristas afirman que existe un exceso de ritualismo por parte de la defensa, como causal de nulidad, que no corresponde. Así, confirman el fallo de la jueza Montanía.

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