19 abr. 2024

Denuncian que padre de Nenecho emitió sentencia arbitraria para favorecer a ANR

Parcial. Óscar Rodríguez Kennedy es un afiliado colorado.

Parcial. Óscar Rodríguez Kennedy es un afiliado colorado.

El acuerdo y sentencia por el cual se rechaza el hábeas data que pidió un ciudadano que fue afiliado sin su consentimiento a la Asociación Nacional República (ANR) es arbitrario e inconstitucional, según sostiene el grupo de abogados que encabeza las presentaciones luego de las denuncias masivas por afiliación irregular.

La sentencia cercena al ciudadano, como señalan los patrocinantes, su posibilidad de acceder a una garantía constitucional, como es el hábeas data, y vulnera varios artículos. Fue emitida por el Tribunal de Apelación integrado por los jueces Óscar Rodríguez Kennedy, Emiliano Rolón Fernández y Arnulfo Arias.

Rodríguez, quien es padre del ex intendente y actual candidato a jefe comunal de Asunción, Óscar Nenecho Rodríguez, está afiliado al Partido Colorado y se encargó de la principal argumentación.

El grupo de abogados, que en este caso están encabezados por Tania Guerrero Apodaca, presentará una acción de inconstitucionalidad alegando que el acuerdo y sentencia vulnera los artículos 4, de protección al honor y a la reputación; 16, del derecho a ser juzgado por tribunales y jueces competentes, independientes e imparciales –y en este punto se basan en la militancia colorada del magistrado y la candidatura de su hijo–; 28, del derecho a exigir rectificación de información falsa; 33, del derecho a la intimidad, protección de la dignidad y la imagen privada.

Los abogados indicaron que la Constitución no condiciona la procedencia del hábeas data al supuesto agotamiento previo de vías administrativas ni de cualquier otro tipo, como alegó Rodríguez.

De hecho, el juez Rolón dio su voto por revocar la sentencia de la primera instancia y así hacer lugar al hábeas data, alegando que la ANR no probó la legitimidad de la afiliación y, por el contrario, se comprobó la irregularidad del acto.

Hasta ahora, la ANR, pese a varias órdenes judiciales, oculta documentos como la constancia de afiliación original. Con ello, reserva el nombre de la persona que inscribió irregularmente al ciudadano y oculta la firma del afiliado.

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