29 dic. 2025

Corte rechaza chicana y diputado Rivas debe comparecer ante el juez

Los ministros de la Sala Constitucional rechazaron in límine el pedido de la defensa del legislador, quien quería diligenciar una prueba antes de la preliminar para luego solicitar su sobreseimiento.

La Sala Constitucional de la Corte Suprema rechazó in límine la acción de inconstitucionalidad planteada por la defensa del diputado Tomás Fidelino Rivas, con lo que dio vía libre para la realización de la audiencia preliminar.

La resolución fue dividida. El ministro Antonio Fretes votó por dar trámite a la acción, mientras que sus colegas Gladys Bareiro y César Diesel votaron por el rechazo in límine del pedido.

Hay que señalar que con el argumento de que estaba pendiente la acción de inconstitucionalidad ante la Corte, el legislador había logrado suspender su preliminar ante el juez de Garantías Raúl Florentín.

El congresista está procesado por los supuestos delitos de cobro indebido de honorarios y estafa, en el caso conocido como de los caseros, que se inició de una investigación periodística de ÚH.

El defensor de Rivas, el abogado Víctor Dante Gulino, había promovido la acción en contra de las resoluciones del 10 de junio y del 21 de julio del Tribunal de Apelación Penal, Cuarta Sala.

En los citados fallos, se ratificó la resolución del juez Raúl Florentín del 5 de noviembre del 2019, por la que decidió estudiar una prueba solicitada por el legislador en la audiencia preliminar.

Sin embargo, la defensa quiere que se sustancie la prueba antes de la diligencia, ya que con la citada evidencia supuestamente va a pedir el sobreseimiento del procesado congresista. Esto fue lo apelado y rechazado, por lo que acudió a la Corte.

EL FALLO. El ministro Antonio Fretes votó por dar trámite a la acción, porque consideró que el pedido fue bastante claro, donde citó su agravio concreto y los derechos constitucionales que fueron violados.

Mientras, su colega Gladys Bareiro señaló que la acción no cumplía los requisitos legales para su estudio. Dijo que no se demostró la lesión concreta que sufrió y que el perjuicio no sería irreparable.

La ministra apuntó que la decisión del Tribunal de Apelación fue lógica, y bien argumentada. Remarcó que justamente en la preliminar es donde el procesado podrá presentar sus pruebas.

También argumentó que lo que el impugnante pretende es generar una tercera instancia ante la Corte. Por esto, asegura que la acción debe ser rechazada in límine.

Por su parte, el ministro César Diesel se adhirió a este voto. Sostuvo que lo que hace el juzgado es posponer el pedido al siguiente acto procesal, por lo que no existe violación de derechos. Con esto, finalmente, la acción fue rechazada in límine.

APELACIÓN. El caso del diputado Tomás Rivas ahora se encuentra en el Tribunal de Apelación. La defensa apeló el rechazo de la suspensión de la preliminar, porque estaba la acción de inconstitucionalidad pendiente.

Al rechazarse la misma por la Corte Suprema, no existe ya un argumento por el que se pueda ya posponer la diligencia. Así, tras resolverse el recurso, el juez podrá citar a Tomás Rivas a preliminar.