La Sala Constitucional de la Corte rechazó in límine (sin estudiar el fondo de la cuestión), 12 acciones de inconstitucionalidad planteadas por la firma Ycuá Bolaños V ICSA, para evitar pagar la reparación del daño a víctimas del incendio del supermercado.
Con estas 12 resoluciones, ya suman 24 en total porque el año pasado, la Corte ya rechazó otras 12 similares.
Los pedidos hechos por los abogados Luis Escobar Faella y Raúl Netto Parodi atacaban las resoluciones del Tribunal de Sentencia de Fernando de la Mora y del Tribunal de Apelación, que rechazaban la tercería de dominio de la empresa sobre dinero embargado.
En otras palabras, la empresa decía que el dinero abonado por la firma MAPFRE SA por el siniestro no era de los accionistas condenados, por lo que no podía ser usado para indemnizar a las víctimas.
Sin embargo, los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro y el camarista Linneo Ynsfrán rechazaron las acciones.
YA DEBATIDAS. Según los fallos, las cuestiones planteadas ya fueron ampliamente debatidas en instancias inferiores, y acceder al reestudio de las mismas en la Corte provocaría la creación indebida de una tercera instancia.
Con ello, rechazan in límine las acciones planteadas contra doce causas en las que las víctimas habían pedido la reparación del daño, por la vía penal, y no por el fuero civil y comercial.
Ratificaron así resoluciones del Tribunal de Sentencia y del Tribunal de Apelación, que fijaron montos a ser pagados a las víctimas de alrededor de G. 3.600.000.000.
Estos montos deberán ser pagados por Juan Pío Paiva, uno de los condenados por el caso, actualmente, en libertad condicional.
La empresa Ycuá Bolaños decía que no fue parte en el proceso penal y tampoco podía serlo en la reparación del daño, ya que los condenados fueron los accionistas Paiva y Humberto Casaccia.
Las acciones indicaban que en las resoluciones se violaron los artículos 16, 17, 109, 127, 137 y 256 de la Carta Magna.
El incendio ocurrió el 1 de agosto de 2004, en el que fallecieron unas 400 personas. En el juicio oral fueron condenados Juan Pío Paiva, Daniel Paiva, Daniel Areco y Humberto Casaccia. Se cumplieron 13 años y los accionantes aún no fueron indemnizados.