La resolución afecta a Luisa Candia Oviedo, quien recibió 5 años de encierro, y a Ronaldo Andrés Zaracho y Guido Sebastián Escobar Colmán, quienes recibieron 3 años de encierro cada uno.
Las defensas habían apelado la resolución dictada en el juicio oral el 12 de mayo pasado, por los jueces Sandra Farías, Wilfrido Peralta y Héctor Fabián Escobar, que los declararon culpables de exacción y lesión de confianza.
Solicitaron la nulidad del juicio oral, debido a que supuestamente hubo una mala aplicación del derecho, incompetencia del tribunal, falta de indagatoria previa, entre otras cosas.
Por su parte, la fiscala Marlene González de Ovelar, al contestar el traslado, solicitó confirmar la resolución.
El recurso fue estudiado por los camaristas Agustín Lovera Cañete, José Waldir Servín y Cristóbal Sánchez, quienes entendieron que no se violaron las garantías procesales en el caso, y que las pruebas fueron valoradas conforme con la sana crítica.
Sobre la nulidad de la indagatoria dice que la misma no tiene defectos que la hagan nula, y que pretender destruir un acto procesal por supuestos defectos, no era viable, con lo que rechazaron el agravio.
Con ello, en el largo fallo, finalmente ratificaron las penas de los procesados Luisa Candia Oviedo, Ronaldo Andrés Zaracho y Guido Sebastián Escobar.