La Contraloría General de la República (CGR) detecta una serie de irregularidades y observaciones en todo el proceso de contratación, por la vía de excepción N° 03/20, realizado por la Municipalidad de Ciudad del Este en marzo del año 2020, bajo la administración del intendente Miguel Prieto, quien fue reelecto para el cargo en octubre.
Se trata del proceso para “adquisición de cestas básicas a ser distribuidas a familias de escasos recursos por epidemia Covid-19”. En este proceso la Comuna adjudicó a la firma Tía Chela SRL por un monto de G. 2.940.650.000. Como conclusión la CGR asegura que la Comuna, no ha efectuado una adecuada justificación de la urgencia impostergable del proceso de contratación de las cestas básicas para familias de escasos recursos por el Covid-19. Asegura que utilizó como fundamento normativas legales que aún no estaban vigentes al momento de la convocatoria. Además las bases concursales fueron poco claras y se realizaron sin considerar criterios de evaluación como capacidad financiera, capacidad técnica y experiencia. Estos son “relevantes para garantizar la solvencia de la firma a ser adjudicada”.
SIN CRITERIOS. Otra parte del informe final señala que se desconoce los criterios considerados por la institución municipal para cursar las invitaciones a firmas de poca experiencia en el mercado, para la compra y distribución de productos alimenticios y vinculadas entre sí, debido a que según “se puede observar en el portal de Contrataciones Públicas, las firmas no contaban con la solvencia técnica, económica y de experiencia necesaria para este tipo de procedimiento”.
Otra irregularidad detectada se refiere a que el ente municipal no dio cumplimiento a lo establecido en la carta de invitación del presente llamado en el anexo C, Especificaciones Técnicas de los bienes o servicios a ser adquiridos, punto 3, para la recepción de los bienes, “sin contar con las notas de remisión de la firma adjudicada, como indicador de cumplimiento de contacto, además de la provisión parcial de los bienes, en las 2 entregas, no previstas en las bases y condiciones concursales”.
Igualmente los pagos “efectuados de la oferente adjudicada no fueron registrados en el Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP) de la Dirección de Contrataciones Públicas (DNP) incumplimiento con ello lo estipulado por el artículo 167 de la ley N° 6469/19 del Presupuesto para el ejercicio 2020 y los artículos 7 y 113 del decreto reglamentario N° 2992/19 de la ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas”.
Entre las recomendaciones realizadas por la CGR a la Comuna señala que los procesos de contratación realizadas en el marco de la ley 2051/03 se adecúen a necesidades que imposibiliten que los procesos sean realizados bajo modalidades convencionales, es decir deben velar por realizar acciones que aseguran la correcta utilización del causal de “urgencia impostergable”. También recomienda que se evite situaciones que “induzcan al direccionamiento o preferencia a potenciales oferentes en su participación, para ello se debe considerar cursar invitaciones que permitan la participación de potenciales oferentes sin restricción y en igualdad de oportunidades”.