20 jul. 2025

CEP insta al Tribunal Electoral a destrabar crisis en el Cones

La Conferencia Episcopal Paraguaya (CEP), mediante un reciente comunicado, exhortó al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) a resolver la causa que pospuso la elección de representantes estudiantiles y de las máximas autoridades del Consejo Nacional de Educación Superior (Cones).

Debido a una medida cautelar, a la cual un juez electoral hizo lugar, quedó en stand by la renovación de la terna que integra el Consejo Ejecutivo (CE) del Cones. Los actuales miembros del CE continúan en sus cargos, a pesar de haber fenecido sus mandatos.

Ante esto, el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) decidió no participar más de las sesiones del Cones para evitar avalar acto administrativo alguno del ente. Esto en virtud de que –a criterio de los abogados del MEC– todo lo que resuelva este consejo es pasible de “nulidad o anulabilidad”, ya que está funcionando de “manera irregular y sin la legitimidad”.

Este impasse dejó en un limbo jurídico al Cones, cuyo presidente es el presbítero Narciso Velázquez, rector de la Universidad Católica (UC).

A la vez, esta diferencia de pareceres jurídicos podría ocasionar serios daños a estudiantes e instituciones que recurren al ente rector; dado a que lo actuado podría ser impugnado frente esta controversia.

“Instamos, en particular, al Tribunal Superior de Justicia Electoral a promover la correcta y pronta resolución de la causa interpuesta, que ha diferido la elección de las autoridades del Cones”, reza el comunicado suscrito por el Gran Canciller de la Universidad Católica, monseñor Francisco Javier Pistilli, y por propio presidente de la CEP, el cardenal Adalberto.

Paños fríos. La posición surgió tras una reunión mantenida, en medio de la festividad de Caacupé, en la que deliberaron también sobre el papel de Narciso en el Cones.

Sobre esto último, los asesores de la CEP concluyeron que la situación canónica del presbítero como presidente del Cones “está debidamente ordenada”. Esto luego de que el cardenal encomendara un análisis del estado presbiterial de Narciso, a la luz del artículo 285 –inciso 3– del Derecho Canónico que “prohíbe a los clérigos ejercer cargos públicos de potestad civil”.

“En su condición de rector (de la Católica) no está limitado en el ejercicio de sus atribuciones y obligaciones siendo presbítero, y que su situación canónica, está debidamente ordenada con el nombramiento para el cargo, con la autorización del Obispo Ordinario, que lo dispone para tales funciones, atendiendo a las normativas de la Universidad Católica y al derecho de esta Institución de participar, a través de sus autoridades, en aquellos espacios relacionados a la educación universitaria”, señalan.

De acuerdo al dictamen de los asesores eclesiales, Narciso al ser nombrado por la CEP y confirmado por la Santa Sede para la función de rector de la Católica, “asume la conducción de la Universidad con todos los derechos y deberes, que le son propios para la representación de la institución ante los organismos nacionales y eclesiales, en igualdad de condiciones con las autoridades universitarias equivalentes reconocidas en el país”.