Desde ayer, los contribuyentes que presten servicios personales y se encuentren inscriptos en el IVA y/o en IRP deben emitir obligatoriamente la autofactura virtual a través del software Tesakã, según recordó ayer la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET).
Esta medida, basada en la Resolución General 02/18 de la SET, establece también que desde la víspera carecerán de validez las autofacturas preimpresas con que cuenten los contribuyentes mencionados. Asimismo, deberán comunicar la numeración utilizada en las autofacturas autorizadas en los plazos establecidos en la normativa.
Según la institución, la emisión virtual de las autofacturas colaborará con el aumento de la transparencia y la trazabilidad de las operaciones económicas, y permitirá mejorar las tareas de control y fiscalización, ya que la Administración contará con información en línea.