15 sept. 2025

Apelación ratifica la validez de la imputación a gobernador de Central

Camaristas confirmaron el fallo de jueza María Elena Cañete, que rechazó el incidente de nulidad de la imputación. Hay vía libre para que Hugo Javier González sea citado para medidas cautelares.

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Imputado. Hugo Javier González (der), junto con su abogado Andrés Casati, en tribunales

La imputación por supuestas irregularidades en varias obras contra el gobernador del Departamento Central, Hugo Javier González Alegre, es válida, conforme la resolución dictada por el Tribunal de Apelación Especializado en Delitos Económicos y Crimen Organizado.

En este caso, los camaristas Arnulfo Arias, Andrea Vera y Bibiana Benítez confirmaron la resolución del pasado 9 de febrero de la jueza de Garantías Especializada en Delitos Económicos, María Elena Cañete.

De esta manera, el gobernador ya podrá ser citado a una audiencia de imposición de medidas cautelares, donde el fiscal Rodrigo Estigarribia solicita medidas alternativas a la prisión, entre ellas, la prohibición de ingresar a la Gobernación, por lo que si se acepta, González tendría que pedir permiso en su cargo.

El abogado defensor, Andrés Casati Caballero, apeló la resolución de la jueza por la que se rechazó el pedido de anular la imputación, así como la providencia de admisión del citado escrito.

Según explica, la imputación no reunía los requisitos legales, sobre supuestos delitos de lesión de confianza, declaración falsa, producción de documentos no auténticos y asociación criminal.

Remarca que la jueza obvió que la validez o invalidez intrínseca del acta de imputación depende del juez, que está forzado a vigilar las 4 actuaciones del fiscal, por lo que su pretexto de que no puede hacer otra cosa que admitir la imputación es esquivar su compromiso legal de controlar el cumplimiento del debido proceso.

Apunta que la imputación viola el derecho a la defensa y el debido proceso, ya que no se define la conducta concreta que se atribuye al procesado Hugo Javier González. De esta manera, pide anular la imputación.

La Fiscalía, por su parte, solicita la confirmación de lo resuelto por la jueza.

EL FALLO. El Tribunal, al examinar el recurso, cita el artículo 303 del Código Procesal Penal, que dice: “El juez penal, al tomar conocimiento del acta de imputación, tendrá por iniciado el procedimiento...”.

Afirman que esta normativa dicta un mandato obligatorio, que además dispone sobre el registro, la notificación a la víctima y al imputado, y la fecha exacta en la que se deberá presentar la acusación u otro requerimiento conclusivo.

De esta manera, concluye que la jueza rechazó fundadamente el pedido. De esta manera, ratifica el pedido. El voto fue complementado por los otros miembros, que señalan que el pedido contenía todos los requisitos esenciales para su validez.

De esta manera, confirman la validez de la imputación contra el gobernador de Central, con lo que podrá ser citado para la audiencia de imposición de medidas cautelares.

En el caso, también están imputados Javier Rojas, Tadeo Andrés Álvarez, Paulino de los Santos Palacios Recalde, Nicolás Álvarez Doria, Lourdes Verónica Lezcano, Armando Adolfo Soler, Luis Eduardo Allende, Édgar Zaracho, Guido Portillo, Modesta Valiente Escobar, Adalberto Benítez Aguilera y los contratistas Óscar Morel y Laureano Gaete Gómez.