Como si no bastara el contrabando y la evasión en todas sus formas, al ente aduanero le cuesta una odisea lograr el cobro de casos detectados y que tuvieron sumarios con dictamen de defraudación, contrabando y falta aduanera por diferencia. Las cantidades en juego le vendrían muy bien al fisco.
Los principales actos irregulares son la defraudación, que se trata de mercaderías declaradas falsamente o que no correspondan, y le siguen los de contrabando de productos ingresados ilegalmente sin documentación ni pago de impuestos.
La directora jurídica de Aduanas, Elodia Almirón, explicó que el proceso para lograr el cobro de los montos que están en juego, a fin de que ingresen a las arcas del Estado, es muy extenso, por decirlo de alguna manera.
Explicó que, primero, hay dos instancias de proceso sumarial en el ámbito administrativo en la institución. Indicó que si la resolución sale favorable al importador, es apelada por el departamento de representación fiscal que está en la Dirección Jurídica, ante el director nacional. “Si es desfavorable, el importador es el que apela y la representación contesta y decide la alta dirección”.
Añadió que el importador o despachante que tuvo una resolución en contra tiene luego 18 días hábiles para recurrir. Si no se presenta, el hecho prescribe y la resolución queda firme y ejecutoriada.
INTERMINABLE. La nombrada directora jurídica de Aduanas señaló que, normalmente, los afectados por resoluciones desfavorables recurren a las dos salas del Tribunal de Cuentas en lo contencioso administrativo y luego en la Corte Suprema de Justicia.
Señaló que en esta instancia, también se llega a años de litigio entre las partes. Remarcó que el proceso no termina ahí debido a que una vez que lograron ganar en todas las instancias, deben generalmente recurrir a una acción en lo civil para ejecutar el pago que debe hacer la demandada que perdió, que otra vez lleva su tiempo. Las firmas evasoras se ingenian para eludir el pago de los impuestos reclamados.