19 abr. 2024

Un chequeo médico antes de hacer deportes puede evitar casos fatales

Tras la muerte del joven de tan solo 17 años durante un partido en el Sport Colombia de Fernando de la Mora, reflotó el debate acerca de la importancia de los controles médicos que deben realizarse no solo los deportistas, sino todas las personas que harán ejercicios.

Un chequeo permitirá conocer la condición física y la historia clínica, si es que hay casos de muerte súbita en la familia, señaló el doctor José Ortellado, director del Programa Nacional de Prevención Cardiovascular del Ministerio de Salud Pública (MSP).

El control debe efectuarse a niños y adolescentes para comprobar si se encuentran aptos para realizar una actividad física. Los mayores de 30 años también deben someterse a los exámenes médicos.

El examen se basa en el antecedente familiar, la evaluación de la persona, los estudios auxiliares básicos cardiovasculares.

Si hay antecedentes familiares de muerte súbita, que significa el cese repentino y brusco de la función del corazón, es importante el chequeo médico para tratar de evitar casos fatales.

“La causa de la muerte súbita puede ser de origen cardiaco y no cardiaco. El 80% de los casos es de origen cardiaco”, indicó el doctor Ortellado al referirse a casos de deportistas que fallecieron durante un partido.

“Ningún estudio en el mundo puede garantizar el 100% de la prevención de muerte súbita. Porque hay patologías que examinás y está normal. Se hacen los estudios y es normal”, explicó.

Los estudios están disponibles de manera gratuita en todos los servicios de salud. Los que practican ejercicios de alto rendimiento, como los corredores, maratonistas, nadadores y futbolistas deben someterse a estudios específicos como electrocardiograma, ecocardiograma y ergometría.

La inspección médica es importante porque se puede identificar factores de riesgo, o contar con un diagnóstico precoz respecto a problemas de salud, malformaciones, afecciones cardiacas, entre otros.

El chequeo médico. En los niños y adolescentes es de carácter obligatorio en las instituciones educativas, según Resolución Ministerial N° 8 y la Ley N° 1680/ 01.

Si un niño o adolescente durante la práctica de actividad física presenta malestar, se debe suspender la práctica y ser trasladado al servicio de salud para recibir asistencia.

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