24 abr. 2024

Tribunal anula pena de G. 500 millones

El Tribunal de Apelación en lo Penal, Segunda Sala, anuló la pena de 100 días multa y la composición de G. 500 millones al ex intendente de Villa Hayes, Ricardo Núñez, en un caso de calumnia e injuria. Se deberá repetir el juicio oral con respecto a la pena.

La resolución fue dictada por los camaristas Delio Vera, Anselmo Aveiro y José Agustín Fernández, quienes anularon parcialmente la condena dictada por la jueza Alba González el 24 de marzo del 2015.

La magistrada había absuelto a Núñez por difamación, y le condenó por calumnia e injuria a la pena de 100 días multa más la composición al querellante, el diputado Lorenzo Alfonzo, por el citado monto.

El ex intendente de Villa Hayes acusó al legislador Alfonzo de encabezar un grupo que pretendió “irrumpir” en un desfile cívico-estudiantil el 12 de junio del 2013, cuando que el querellante no estuvo en la ocasión.

Incluso, le acusó que formaba parte de un grupo guerrillero similar al Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP).

Los camaristas, con voto dividido, dicen que hay duda sobre la calumnia y lo absuelven, y que no se fundó el monto de la composición de G. 500 millones, por lo que anulan y dicen que debe volver a juzgarse la pena, ya que sí hubo injuria.

El artículo 152 del Código Penal establece la injuria cuando se atribuya a otro un hecho capaz de lesionar su honor o expresara a otro un juicio de valor negativo o a un tercero respecto de aquel.