La mayoría de los balnearios con los requisitos necesarios se encuentran en el interior del país. En el Departamento Central, los establecimientos habilitados corresponden a Capiatá, San Lorenzo y Ñemby.
requisitos. Desde la Seam expresan que la licencia ambiental previa es obligatoria para la habilitación de playas y balnearios en municipios. Asimismo, otros requisitos necesarios también son: figurar en los registros de usuarios del agua de la Seam, contar con patente municipal para operar como balneario, poseer análisis de calidad de agua y mecanismos de seguridad como también de accesibilidad.
Igualmente, se debe disponer de servicios sanitarios, instalaciones y mecanismos de gestión de residuos, precisar con información ambiental, carteles señaladores y caminos interiores seguros.
Poseer de primeros auxilios, provisión de agua potable, estacionamiento dentro del predio, control de la polución sonora y la prohibición de ingreso de animales domésticos también forman parte de los requisitos.
multas. Las sanciones por no cumplir las especificaciones técnicas son entre de 3.001 a 10.000 jornales, G. 226.749.558 a G. 755.580.000 respectivamente, de acuerdo al decreto N° 2598/14 que regula las multas a ser aplicadas por la Seam en caso de infracción a sus disposiciones.