Un total de 13 patrulleras y más de 60 policías realizaron una redada en la zona del refugio de la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN), en el barrio Sajonia de Asunción. El comisario Juan Barúa, de la Comisaría 2ª, indicó que “hubo 17 personas demoradas”, de las cuales doce eran mayores de edad y cinco menores. Agregó que “dos de los demorados tenían antecedentes por robo”.
El operativo se inició aproximadamente a las 23.30 del día viernes y culminó a las 3.00 del sábado. El jefe policial explicó los motivos por los cuales llevaron hasta la comisaría a las 17 personas.
“Esta gente fue demorada porque estaba ahí en la vía pública, y sin documentos. No tenían nada, no sabíamos qué estaban haciendo. Además, algunos eran menores y ya era la 1.30 y estaban en pasillos peligrosos”, comentó.
ARGUMENTOS DE APREHENSIÓN. El juez penal de Garantías Miguel Tadeo Fernández explicó que una persona solo puede ser privada de su libertad en una aprehensión en flagrancia de comisión de hechos punibles. Además, indicó de manera tajante que nadie puede ir preso por no tener documento.
“Ahora está muy de moda que te vas por la calle, no tenés documento y (los policías) te llevan preso, y es una cuestión que no debe de ser así. La Policía tiene la facultad de detener, pero debe ser con justa razón; no puede llevarte seis horas sin decirte por qué te lleva; o por el simple hecho de no tener documento de identidad”, explicó el juez.
Fernández mencionó que en el país existe una cultura del encarcelamiento, que es una práctica del sistema anterior. En el sistema anterior se presumía la culpa, no se presumía la inocencia. “No nos podemos alejar mucho de nuestro sistema inquisitivo anterior”, aseveró el magistrado.
PRÁCTICAS AUTORITARIAS. La fiscala Fabiola Molas, ex directora de Planificación del Ministerio del Interior, también opinó sobre las facultades de detención de la Policía.
“Defendemos la facultad de la Policía en materia de prevención de delitos, exigir a la ciudadanía la portación de cédula de identidad, lo que no significa que esa persona no tenga y amerite su traslado a una sede policial. Se tiene que buscar con la tecnología eliminar que se lo lleve a alguien a la comisaría para averiguaciones, que es propio de regímenes autoritarios”, manifestó, y agregó que existen medios tecnológicos para la identificación.
Señaló Molas que la aprehensión de una persona en un estado de derecho tiene que ser en base a una causa probable, ya que la privación de libertad es la excepción a todos los tipos de medidas coercitivas que puede hacer el Estado.
“La demora no existe. La condición de demorado no existe, es totalmente ilegal. Lo que existe es un plazo de 6 horas para poner a una persona a disposición del Ministerio Público, comunicando una causa que sea motivo de sospecha de un hecho punible”, puntualizó Molas.