Sucede que Cartes, en caso que la situación política continúe por la misma senda, culminará su mandato el 15 de agosto, y recién entonces intentará ocupar su lugar en el Senado, y hay que recordar que cuando Nicanor estuvo en idéntica posición política no logró reunir el cuórum para ser senador activo.
Es por eso que, por ahora, la coyuntura favorece a Nicanor, ya que el mismo no ostenta ningún cargo público, y su juramento como senador activo pasaría el filtro de la falta de cuórum a fines de junio, ya que el pleno del nuevo Congreso está llamado a unirse al Parlamento en la mencionada fecha.
Frustrado. Por su parte, para contar con la misma oportunidad que Nicanor, Horacio Cartes necesita que le acepten su renuncia como presidente, pero la primera sesión extraordinaria del Congreso no reunió el cuórum necesario para tratar su dimisión.
La sesión fue programada para el miércoles pasado, y ante la ausencia de Fernando Lugo, titular del Congreso, fue el presidente de la Cámara de Diputados, Pedro Alliana, quien levantó la sesión. Aquella vez, estuvieron 50 diputados y apenas 13 senadores, cuando legalmente se necesitaba la presencia de 23 legisladores de la Cámara Alta para hacer la sesión.
El principal motivo de la frustrada sesión fue la ausencia de varios senadores de la bancada colorada, específicamente del movimiento Colorado Añetete, sector liderado por el presidente electo, Mario Abdo Benítez.
Ante esta situación, los colorados cartistas acusaron a Abdo de no imponer su liderazgo para aceptar la renuncia de Cartes, y la división en la Asociación Nacional Republicana (ANR) fue incrementándose con el correr de los días, generando una crisis en el interior del partido de gobierno que no muestra señales de solución.
Constitución. Sin embargo, ante las intenciones de Nicanor Duarte Frutos y Horacio Cartes, varios constitucionalistas recuerdan que la Carta Magna es clara con respecto a los ex presidentes, estableciendo en su artículo 189 que “serán senadores vitalicios”.
A pesar de esto, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) interpretó que el mandatario y otros ex presidentes podían competir por ocupar una banca activa en el legislativo, y rechazó seis acciones de inconstitucionalidad que buscaban impedir las candidaturas de Nicanor y Cartes.
Las acciones fueron presentadas por el Frente Guasu, el Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA), el Partido Patria Querida (PPQ), el Partido Democrático Progresista (PDP), el Partido Revolucionario Febrerista (PRF) y una más planteada por el ingeniero Hermann Pankow, quien fue candidato a diputado por Asunción por el Movimiento Cruzada Nacional.
Ynsfrán aclara que ni uno ni otro deben asumir cargo
Óscar Facundo Ynsfrán, quien fuera presidente de la Convención Nacional Constituyente de 1992, aclaró ayer en conversación con ÚH que la Constitución Nacional es clara con relación a las intenciones de Nicanor Duarte Frutos y Horacio Cartes, y establece taxativamente que “serán senadores vitalicios”.
Señaló que la senaduría vitalicia es irrenunciable, por lo que ambos, ex presidente y presidente, deben ser senadores vitalicios con voz, pero sin voto. “La Constitución tiene un mandato imperativo para la creación de dicho cargo, dice imperativamente que los ex presidentes serán senadores vitalicios. Senador vitalicio quiere decir que serán senadores mientras vivan, hasta sus muertes (...). Es un cargo creado por la Constitución y es irrenunciable”, explicó Óscar Facundo Ynsfrán.