En un momento en que nuevos casos de niñas y mujeres agredidas y asesinadas estremecen a la sociedad, la Cámara de Senadores aprobó el jueves último, con modificaciones, el proyecto de ley de protección integral a las mujeres contra toda forma de violencia.
El Paraguay es uno de los últimos países de la región que aún no cuentan con este tipo de legislación y su aprobación nuevamente estuvo en duda, tras una fuerte postura hecha pública por la Conferencia Episcopal Paraguaya, que cuestionó el proyecto aprobado anteriormente en la Cámara de Diputados, principalmente por incluir a las personas transexuales entre las mujeres que la legislación busca proteger.
Tras una apasionada discusión entre los legisladores, el proyecto finalmente fue aprobado en sus fundamentos más importantes, entre ellos el de establecer la figura del feminicidio o asesinato de mujeres como hecho punible, fijando condenas de entre 10 y 30 años de prisión, lo cual modifica el Código Penal, que castiga el homicidio en general con penas de 5 hasta 30 años.
El proyecto, además, especifica los distintos tipos de violencia: feminicida, física, sicológica y sexual, contra los derechos reproductivo, patrimonial y económico, laboral, entre otros, e incorpora la perspectiva de igualdad de derechos del hombre y la mujer, y la no discriminación en el currículo educativo.
Otro punto importante que se eliminó en el proyecto de ley fue la obligatoriedad de que las mujeres víctimas de violencia tengan que buscar conciliar con sus agresores.
Como un hecho pintoresco o anecdótico, los senadores decidieron eliminar toda mención a la palabra “género” en la redacción del proyecto, sustituyéndola por la palabra “mujer”, cediendo de este modo a los cuestionamientos del Episcopado y de otros sectores religiosos.
Más allá del choque de visiones y posturas distintas, lo realmente importante es que finalmente se podrá agregar a nuestra legislación positiva un nuevo instrumento jurídico para proteger a las víctimas de un sistema cultural machista y patriarcal, que sigue produciendo estremecedores casos de mujeres golpeadas, agredidas y asesinadas.
El reciente horrendo caso de una niña de 8 años de edad, raptada de su hogar en la localidad de Carlos Antonio López, Itapúa, abusada sexualmente, luego asesinada y su cuerpo arrojado al río Paraná, solo por satisfacer un instinto de venganza contra otra mujer familiar, es un grave ejemplo de lo necesaria que es esta ley.
Ahora queda esperar que el proyecto sea nuevamente tratado en la Cámara de Diputados, que los legisladores reafirmen lo resuelto por los senadores y que, tras la promulgación de la ley, se implemente un buen sistema para su eficaz cumplimiento.