El fallo fue dictado en forma unánime por los ministros Miryam Peña, Miguel Óscar Bajac y el camarista Cristóbal Sánchez, que integró el Máximo Tribunal.
La acción del ex secretario de Estado del gobierno de Fernando Lugo atacó la validez de la segunda imputación, ya que -según argumentó- era contradictoria con la primera. Así, estaba dirigida contra la resolución del Tribunal de Apelación del 23 de febrero del 2015, que confirmaba las resoluciones de la jueza Lici Sánchez, del 2 y 9 de diciembre del 2014, que admitía la segunda imputación
Alegó que se imputó a Filizzola, por una conducta omisiva que tiene al no haber ejecutado la garantía de fiel cumplimiento. Y, en la segunda, porque en su carácter de ministro aprobó la licitación pública de reestructurar las comisarías, sin necesidad de hacerlo.
EL FALLO. En el análisis de la ministra Peña, que fue preopinante, primero rechaza el argumento de la fiscalía de que supuestamente la Corte no tenía potestad para revisar las imputaciones.
Después, hace un análisis de los argumentos del ex ministro. Analiza las resoluciones atacadas. Alega que la jueza Lici Sánchez hizo una fundamentación acorde con la Carta Magna.
La ministra, en su análisis, luego incluye los fallos del Tribunal de Apelación en lo Penal, Primera Sala, donde señala también que no hubo violación constitucional.
Concluye que no se vulneró el debido proceso, por lo que la acción debía ser rechazada. Tanto su colega Bajac, como el camarista Sánchez, se adhirieron a su voto.
Ahora, la jueza Lici Sánchez, deberá fijar la fecha para realizar la audiencia.