23 abr. 2024

IRP: Declaración jurada y pago no se realizarán en marzo del 2017

Tras los cambios efectuados en la reglamentación del impuesto a la renta personal (IRP), ni la declaración jurada ni el pago del tributo se harán en marzo de 2017. Tributación informará cuándo se abonará el impuesto.

Marta González Ayala

Marta González Ayala

Debido a que varios de los cambios realizados en la reglamentación del impuesto a la renta personal (IRP) regirán para el ejercicio fiscal 2016, la presentación de la declaración jurada y el pago del tributo no se harán en marzo del próximo año, explicaron la viceministra de Tributación, Marta González Ayala, y la directora de Planificación y Técnica Tributaria, Liz Del Padre.

Entre esta semana y la próxima, la Administración Tributaria emitirá una resolución que aclara algunos puntos del decreto reglamentario del tributo. Ello, atendiendo a que deben realizarse algunos ajustes al sistema Marangatu, para recepcionar las declaraciones juradas. Los formularios de presentación del tributo también contendrán cambios.

El viernes de la semana pasada, el Poder Ejecutivo dio a conocer el Decreto 6560/16, por el cual se modifican varios artículos del Decreto N° 9371/2012, “Por el cual se reglamenta el impuesto a la renta del servicio de carácter personal (IRP), creado por Ley 2421/2004".

En la normativa presidencial se precisa que las modificaciones efectuadas a los artículos del Decreto N° 9371/2012 entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, con excepción de las modificaciones introducidas en los artículos 24, 29 y 48, las cuales regirán a partir del 1 de enero de 2017.

JOYAS Y CACEROLAS. De acuerdo con las explicaciones que brindaron, con esta nueva reglamentación, si bien se continuará deduciendo como gasto, ya no se podrá considerar inversión del contribuyente o de los familiares a su cargo la compra de joyas, utensilios para el hogar, electrodomésticos y equipos electrónicos.

Con respecto a los gastos en el exterior, se podrán deducir cuando sean a través de tarjetas de crédito, tarjetas de débito, cheques o transferencias bancarias. Cuando los gastos en el exterior sean en efectivo, el contribuyente deberá presentar el comprobante de venta previamente visado o apostillado por el Consulado paraguayo en el país de origen de la compra. “De los 10 más grandes declarantes de ingresos para el IRP, solamente tres pagaron. Y los siete restantes no pagaron nada. Y a esos siete le estamos diciendo: este crucero por el Cáucaso, traeme tu comprobante... Hemos mirado con lupa para no violentar la ley”, manifestó la viceministra.

En el caso de las donaciones, si bien se mantiene el 20% sobre la renta neta imponible, se limita al Estado, municipalidades y entidades de beneficio público. En lo que respecta a los juegos de azar, ya no estarán exentos, por ejemplo, la “Rueda de la Solidaridad” de las cooperativas.

Del Padre recordó que la obligación del impuesto a la renta nace el 31 de diciembre de cada año, por lo cual los cambios aprobados no pueden ser considerados retroactivos. Este año, el IRP alcanza a quienes tienen ingresos iguales o superiores a 72 salarios mínimos (G. 141.444.504).

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