21 ago. 2025

Inmobiliario: Terrenos rurales pagan desde G. 4.000 la ha.

Con el objetivo de mejorar la recaudación del impuesto inmobiliario y adaptarlo, el Servicio Nacional de Catastro (SNC) elevó los valores fiscales de los inmuebles en zonas urbanas y en las rurales a 3,6%, mediante el Decreto del Ejecutivo Nº 6606, que entra a regir a partir del 1 de enero del 2017.

Los nuevos precios establecidos para las zonas rurales van de G. 400.000 a poco más de G. 2.000.000 la hectárea, para la Región Oriental, y para la Región Occidental se estableció que los precios sean desde G. 200.000 hasta poco más G. de 500.000 la hectárea.

Esto significa que estos inmuebles pagarán el impuesto inmobiliario entre G. 4.000 y G. 20.000 la hectárea en la Región Oriental; y entre G. 20.000 y G. 50.000 la hectárea en la Región Occidental, explicó el director del Servicio Nacional de Catastro, Francisco Ruiz Díaz.

Recordó que a fines del año pasado, con base en la Ley 5513/15 (que modificó varios artículos de la Ley 125/91, relacionadas con la aplicación del impuesto inmobiliario), el Poder Ejecutivo incrementó entre tres y cuatro veces el valor fiscal de las tierras rurales, y las clasificó en cuatro tipos de suelo: Tierras agrícolas, campo agropecuario, tierra agrosilvopastoril, campo pecuario; con base en tres especificaciones: áreas boscosas, áreas poco productivas y zonas agrológicas naturales. La tasa del impuesto inmobiliario continúa siendo del 1% del valor fiscal. Luego, mediante un nuevo decreto, se rectifica y vuelve a reducir algunos valores fiscales de inmuebles rurales que, según Ruiz Díaz, son valores más reales con respecto a los que se habían fijado anteriormente.

Impuesto. En resumen, el valor de la tierra en zonas rurales se establece según el nivel de productividad que poseen y de este total se paga el 1% como concepto de impuesto inmobiliario.

El pago de este impuesto se realiza en las municipalidades y luego es distribuido entre el municipio recaudador, las gobernaciones, los municipios de menores recursos y el Tesoro, según la ley vigente.