Entre las principales modificaciones figuran las creaciones de varias direcciones que anteriormente eran departamentos, como la Dirección General de Talento Humano (ex departamento de Personal) y la Dirección General de Investigación Criminal (ex departamento de Investigación de Delitos).
Con esta dirección se crea la Dirección de Policía Científica y Técnica, Dirección de Investigación de Hechos Punibles, Dirección de Identificaciones y la Dirección de Hechos Punibles Económicos y Financieros.
También fue creada la Dirección General de Inteligencia Policial y la Dirección de Academia Nacional de la Policía (ex Academia de Policía).
Todas las direcciones generales indefectiblemente deben estar a cargo de comisarios generales.
Las nuevas modificaciones eliminan las direcciones de zona que contaba con la dirección de un comisario general que estaba a cargo de tres a cuatro departamentos y ahora se crea una dirección departamental que estará a cargo de un comisario general.
Un comisario general tendrá a su cargo una jefatura policial.
Para ascensos en grados desde comisario general inspector al grado inmediato es de dos años, de subcomisarios a comisarios se reducen de cinco a cuatro años, mientras que para oficiales subalternos desde oficial ayudante a oficial segundo se extiende de dos a cuatro años.
La polémica de la famosa ley Pastor Coronel no se incluye entre los cambios, pero se señala que está facultado a ejercer todo lo conferido en el Código Procesal Penal, con sujeción a los principios básicos de actuación establecidos en la Constitución.