19 abr. 2024

Cartes informa que rigen leyes militares y no hay ilegalidad

El presidente Horacio Cartes respondió a la Cámara de Senadores de que las leyes militares 840 de Organización de la Corte Militar, 843 Código Penal Militar y 844 Código de Procedimiento Penal Militar, cuestionadas, fueron dadas a publicidad dentro del estamento castrense.

Homenaje.  Cartes saluda  a un excombatiente del Chaco.

Homenaje. Cartes saluda a un excombatiente del Chaco.

Abogados y familiares de efectivos militares cuestionaron la legalidad de la aplicación de las citadas leyes debido a que la misma no fue publicada en la Gaceta de la Presidencia de la República. Señalan que muchos militares fueron condenados y guardan prisión en Viñas Cué en virtud de dichas leyes.

Los senadores se pronunciaron y pidieron informes a las Fuerzas Armadas tras las denuncias.

Cartes respondió ayer a través de la Nota Nº 40, en donde refuta los cuestionamientos.

El Ejecutivo menciona que el dictamen jurídico de referencia muestra que las normas legislativas militares indicadas fueron sancionadas durante la vigencia de la Constitución de 1967 y del Código Civil argentino (Código de Vélez Sarfield) del año 1876, adoptado por el Paraguay el 1 de enero de 1877.

“Atendiendo a dicha Constitución, la publicación debía ser objeto de reglamentación y teniendo en cuenta que son leyes especiales, de aplicación exclusiva y excluyente dentro del ámbito militar, las mismas fueron dadas a la publicidad dentro de dicho estamento, disponiéndose la impresión y posterior distribución, habiéndose tomado conocimiento con amplitud”, apuntó.

Desde la Presidencia recalcan que las 3 leyes fueron sancionadas y promulgadas el 19 de diciembre de 1980 y dispone textualmente que entrarán en vigencia a los dos meses de su promulgación, es decir el 19 de febrero de 1981. Aseguran que se cumplió a cabalidad con lo establecido tanto en la normativa derogada en la actualidad como en la normativa vigente Código Civil paraguayo. Indican que estas leyes fueron impresas y publicadas en los talleres de la imprenta militar de la Dirección de Publicaciones de las FFAA, el 25 de junio de 1981, y que se puede constatar en los Códigos editados por la imprenta militar.

“Siendo la publicación el método de utilización para dar a conocer tales normativas jurídicas, de aplicación exclusiva y excluyente dentro del ámbito militar, las FFAA cumplieron a cabalidad, publicando en la imprenta militar por tratarse de la normativa de la defensa nacional”, indican.

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