El decreto presidencial señala que los saldos de caja al cierre del Ejercicio Fiscal 2021, con orígenes del ingreso y fuentes de financiamiento que correspondan a Recursos del Tesoro, institucionales y del Crédito Público, una vez cancelada la deuda flotante hasta el último día hábil del mes de febrero.
Los saldos correspondientes a colocaciones de Bonos de la Tesorería General de los Ejercicios Fiscales anteriores, que no fueran utilizados, serán asignados prioritariamente al financiamiento de la deuda.