03 dic. 2025

TSJE suspende mandatos de convención de ANR y PLRA

El TSJE suspendió los mandatos “imperativos” del Partido Colorado, con medida cautelar; mientras que el PLRA obtuvo una sentencia definitiva sobre el mismo tema para los parlamentarios.

Asesor.  Luis Alberto Mauro, uno de los que recibirán en el TSJE las firmas pro reelección que presentará la ANR.

El asesor del TJSE, Luis Alberto Mauro. Foto: Archivo ÚH.

El asesor del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), Luis Alberto Mauro, explicó este martes sobre las dos resoluciones expedidas por el ente ante los casos de mandatos imperativos de los partidos de la ANR y PLRA.

“Son dos resoluciones. La primera afecta al Partido Colorado. Es una medida cautelar”, explicó Mauro en referencia a que la ANR, a través de su convención, había impuesto mandatos a sus senadores y diputados “de forma genérica”, informó el periodista del Diario Última Hora, Roberto Irrazábal.

En ese contexto, los disidentes del Movimiento Colorado Añeteté, de Mario Abdo Benítez, recurrieron a la primera sala de la Corte Suprema de Justicia, en donde fueron beneficiados con una medida cautelar que suspende la sanción. La misma fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE). “Queda firme la suspensión de las sanciones y ahora vuelve a la primera sala para que se trate el problema de fondo”, manifestó el asesor del TSJE.

La segunda resolución afecta al Partido Liberal Radical Auténtico que “en el mismo sentido tenía sanciones previstas para aquellos diputados y senadores que no siguiesen el lineamiento de la convención. Esta sí es una sentencia definitiva, diciendo que no existen los mandatos imperativos y que por lo tanto los parlamentarios no pueden ser sancionados”, expresó.

En la resolución se resalta que “los parlamentarios, concejales departamentales y municipales pueden seguir su propio criterio cuando votan porque son electos por el pueblo, por lo tanto deben responderle al pueblo y no a un mandato del partido”, explicó Mauro.

El asesor del TSJE remarcó que “no existe mandato imperativo” y que se conocen de antecedentes como el de Domingo Laíno, expulsado del PLRA por no seguir el lineamiento del partido, caso en el que el TSJE salió a favor del mismo alegando la no existencia del mandato imperativo.

Los legisladores Fernando Silva Facetti, Blas Antonio Llano, Enzo Cardozo Jiménez, Zulma Ramona Gómez Cáceres, Blanca Beatriz Fonseca Legal, Ramón Gómez Verlangieri, María Blanca Lila Mignarro y Julio César Franco plantearon en el mes de marzo una acción de inconstitucionalidad en contra del mandato imperativo de la convención que les prohibía votar por la reelección y por la destitución de tres ministros de la Corte.

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