El ex legislador dijo en su declaración que la corrupción en el Poder Judicial era alarmante, que se constituía prácticamente en un cartel, por lo que realizaron el juicio político, según la Constitución. Estuvo en la comisión redactora del reglamento, e integró el tribunal como senador.
Alegó que se respetaron el derecho a la defensa, cada uno tenía tiempo suficiente, y se tomaron en cuenta los reglamentos anteriores de juicios políticos para el reglamento.
Sobre la falta de fundamentación, alegó que las resoluciones del Senado no lo tienen porque están en el diario de sesiones, durante el debate realizado en la Cámara.
Además, alegó que no tuvo ninguna instrucción para la destitución de Ríos Ávalos y Fernández Gadea desde su partido. Que, luego de la destitución, ningún miembro de su partido integró la Corte.
Remarcó que no se afectó la independencia judicial con el juicio político, sino que por el contrario, recuperó cierta independencia. Dijo que desde las cámaras no hubo denuncia contra los ex ministros, aunque podían ser en forma personal de algunos.
Por su parte, los peritos Jorge Alejandro Amaya y José Ramón Cossío hablaron de la constitucionalidad del juicio político. El primero hizo un análisis de las constitucionales latinoamericanas. Entre otras cosas, dijo que en el juicio político deben aplicarse también los derechos procesales, pero en cuanto a la forma.
Además, dijo que no se vulneró el derecho a la defensa, ni la falta de motivación en el fallo dictado por el Senado contra los ex ministros.