El Tribunal de Apelación en lo Penal, Cuarta Sala, ratificó las condenas de 14 y 12 años de cárcel para tres agentes policiales que habían sido hallados culpables de retener ilegalmente a un presunto tortolero, a quien pidieron USD 10.000 para no implicarlo en un atraco.
Los camaristas Arnulfo Arias, Emiliano Rolón y Lucio Ismael Portillo, por unanimidad, confirmaron la sentencia dictada en juicio oral el 3 de julio pasado, por los jueces Elsa García, Miguel Bernardes y Lourdes Sanabria.
Con la resolución, permanecen firmes las condenas de 14 años de encierro para el subcomisario Roberto Silfrido Díaz Alfonso y el suboficial segundo Carlos Javier Balbuena Montero, mientras que el oficial primero Ernesto Javier Ozuna Benítez tiene 12 años de prisión.
Según la resolución, los tres son culpables de los hechos punibles de privación ilegítima de libertad, extorsión y extorsión agravada en grado de tentativa acabada.
EL HECHO. De acuerdo con la sentencia ratificada, los agentes de la Policía Urbana Especializada (PUE) retuvieron y exigieron el pago de USD 10.000 (unos 45 millones de guaraníes) a los familiares de Guido Guzmán Garcete, el 20 de enero del 2010.
El joven fue aprehendido por los agentes dentro del marco de las averiguaciones por el robo sufrido por el empresario Aldo Zuccolillo. Al final, solo se entregaron G. 10 millones. Durante el hecho, el padre de la víctima denunció el caso, y toda la extorsión fue grabada.
APELACIÓN. Los abogados, Carlos Figueredo que defiende a Balbuena; Antonio Zaldívar, que representa a Díaz y Liliana Ozuna, por el condenado Ozuna, apelaron la resolución.
Los mismos indicaron que había incongruencia entre la imputación y la sentencia, que la acusación era nula. Además, atacaron de nulidad las grabaciones y finalmente que el fallo no estaba argumentado.
Por su parte, el fiscal Federico Delfino, al contestar los recursos, indicó que la sentencia se hallaba ajustada a derecho y que debía ser confirmada.
En el análisis de los camaristas, señalan que la sentencia estaba fundada convenientemente.
El camarista Portillo, por su parte, señaló que las escuchas telefónicas eran legales porque fue hecho por uno de los partícipes de la comunicación, por lo que no existe violación del derecho a la comunicación ni a la intimidad.
Con ello, por voto unánime de los tres camaristas, la resolución fue ratificada. Ahora, a los defensores, solo les queda presentar un recurso extraordinario de casación para tratar de revertir la condena contra los policías.