Este nuevo calendario se establece en razón a la prórroga dispuesta la semana pasada. Es así que aquellos con terminación 0 al 3 tienen como vencimiento el 13 de este mes, aquellos con terminación 4 al 6 el 22 de julio, mientras que aquellos con terminación del 7 al 9 tienen tiempo hasta el 31 de este mes.
En ese sentido, Hacienda subrayó que esto se da a conocer atendiendo la vigencia del Decreto 3241/20, que dispone la exigencia de que todos los datos e informaciones declarados en el Registro Administrativo de Personas y Estructuras Jurídicas y en el Registro Administrativo de Beneficiarios Finales deberán ser actualizados anualmente a más tardar al 30 de junio de cada año, lo que finalmente fue postergado para este fin de mes.
Además, las legislaciones vigentes disponen que, independiente a la obligación anual, en caso que se presente alguna variación o modificación en los datos e informaciones declarados en los registros, los sujetos obligados, a través de su representante legal o persona física autorizada, deberán actualizar los datos dentro del plazo máximo de quince días hábiles desde que se ha producido el hecho, comunicando estas variaciones o modificaciones al Ministerio de Hacienda por los medios electrónicos indicados.
Prórroga. Hacienda resolvió la semana pasada postergar el plazo de comunicación. Esto se dispuso considerando la sobrecarga de trámites percibida en los últimos días del mes pasado, lo que ocasionó inconvenientes en la conclusión de los trámites.
La Cifra
31
de julio es el tiempo máximo para la presentación de la actualización de datos de las sociedades anónimas.