28 mar. 2024

Presentan primera iniciativa popular con firma electrónica

Por primera vez en la historia del país fue presentado un proyecto de iniciativa popular a través de firmas electrónicas, una modalidad recientemente promulgada como ley.

La propuesta estuvo encabezada por el Centro de Estudios Judiciales (CEJ) y se trata del proyecto de ley que tipifica y sanciona el abuso de la función pública. Todavía está como anteproyecto y debe ser ingresado a una de las cámaras.

Si bien el texto del proyecto no está enriquecido aún, el objetivo es incorporar la figura dentro del Código Penal Paraguayo, en lo referente a corrupción pública, como “abuso de la función pública”.

La norma señala que la figura podrá ser aplicada cuando un funcionario intente obtener beneficios personales, realizando acciones que no le competen o tomándose atribuciones que no le corresponden. El proyecto, de dos artículos, tampoco aclara muy bien estos puntos.

En cuanto a la sanción, se indica que el funcionario será condenado con pena privativa de libertad de hasta cinco años (con lo que convierte en crimen el hecho punible) o con multa e inhabilitación para ocupar cualquier cargo o función pública de hasta 10 años.

La finalidad es evitar que los funcionarios condenados se postulen a cargos electivos.

Los impulsores de la iniciativa son Robert Cano, María Victoria Rivas, Soledad Villagra, Faustina Sósima Alvarenga y Benjamín Fernández.

La directora ejecutiva del CEJ, María Victoria Rivas, manifestó que la iniciativa es un esfuerzo ciudadano en la lucha contra la corrupción. “Debemos rescatar el concepto de lo público, en los últimos tiempos hemos visto cómo funcionarios públicos, aprovechándose del cargo que ocupan, se han beneficiado y han incrementado sus patrimonios en forma escandalosa. La incorporación del hecho punible de abuso de funciones en nuestra legislación interna es un reclamo que nos vienen haciendo los comités de expertos tanto de la Organización de los Estados Americanos (OEA) como de las Naciones Unidas”, expresó.

Histórico. El pasado año se promulgó la ley “que modifica los artículos 266 y 271 de la Ley N° 834/1996, que establece el Código Electoral Paraguayo, y sus modificatorias y el artículo 39 de la ley N° 3966/2010, Orgánica Municipal (de iniciativa popular)”, que ingresó a través de la Cámara de Senadores.

Esta normativa se refiere a una de las formas de presentar un proyecto de ley, que es la iniciativa popular. Anteriormente, para el efecto se debían juntar firmas manuscritas, lo que hacía muy complicada la presentación y podía llevar mucho tiempo. Pero con esta ley las firmas pueden ser electrónicas.

Existen tres maneras de presentar un proyecto de ley: A través de un diputado o senador, a través del Poder Ejecutivo y, la tercera, a través de la iniciativa popular.

Para presentar una iniciativa ciudadana, se necesita de las firmas del 1% de los electores inscriptos en el Registro Cívico Permanente, según la última modificación del Código Electoral realizada este año, ya que anteriormente era del 2%.

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