07 jun. 2025

Poder Judicial regula el comisionamiento de sus funcionarios

La Corte Suprema de Justicia reglamentó los criterios y requisitos para que funcionarios del Poder Judicial y con propuestas para ir al servicio de otra institución puedan acceder a ellos, así como la aceptación de comisionamientos de funcionarios de otras instituciones en la Justicia.

Esto, según el informe remitido por la Dirección de Comunicaciones. Señala que el nuevo reglamento fue aprobado por Acordada N° 892 de 17 de junio de 2014.

Establece que se podrán otorgar comisiones a los funcionarios con más de un año de antigüedad, para prestar servicios en otras instituciones del Estado, hasta un año, que podrá ser prorrogado una vez, hasta un año más, a pedido de la máxima autoridad donde fue comisionado.

Además, el funcionario comisionado deberá presentar a la Dirección de Recursos Humanos la disposición por la cual fue aceptada su comisión en la institución de destino, la cual deberá estar firmada por la máxima autoridad y dirigida al titular de la Corte.

Además, deberán estar consignados los motivos de la solicitud, la función que desempeñarán y el tiempo que comprendería la comisión.

Igualmente, se pedirá a la institución de destino un informe mensual sobre el registro de marcaciones de entradas y salidas de los comisionados. En caso de constatarse la no marcación, será comunicada al Consejo de Superintendencia de la Corte.

Los funcionarios que a la fecha están comisionados en otras instituciones y superaron los límites de tiempo mencionados, deberán manifestar a más tardar el 20 de diciembre de este año su decisión de renunciar al cargo en la Justicia o su reincorporación a la institución.

Asimismo, se advierte que no serán otorgadas nuevas comisiones interinstitucionales por el término de tres años a aquellos funcionarios a quienes les sea constatada que no marcaron sin justificación.