La semana pasada, ÚH había publicado que el Máximo Tribunal revisaba sus antecedentes para su nombramiento.
La resolución se dictó el pasado viernes, pero fue dada a conocer ayer por la Dirección de Comunicaciones. Dice que el Consejo de la Magistratura es el encargado de elegir los candidatos.
Apunta que Osorio fue fiscala de San Lorenzo, y que fue removida por el Jurado de Enjuiciamiento el 7 de julio del 2009, por mal desempeño en funciones. Alega que el 15 de noviembre del 2012, el pleno de la Corte anuló la sentencia que le destituyó.
La Corte interpretó que la sentencia declarada nula por esta vía, implica que la causa debe ser juzgada nuevamente, no que la repuso en el cargo de fiscala.
Con ello, alega que el enjuiciamiento de la abogada Carmen Osorio sigue pendiente de nueva resolución por parte del JEM, por lo que la misma no puede integrar ternas del Consejo de la Magistratura.
De esta manera, el Máximo Tribunal apunta que corresponde revocar el decreto del 15 de setiembre del 2015, que nombró a la abogada Carmen Mafalda Osorio, como juez Penal de la Circunscripción Judicial de Central.
Asimismo, dispone devolver la terna de candidatos al Consejo de la Magistratura, para “lo que hubiere lugar en derecho”.
Acota que la medida no afecta el buen nombre de los integrantes de la terna, pero es deber de la Corte, tomar sus decisiones con transparencia y legalidad.